60 años del registro de asociaciones: más de 75.000 inscritas y 2.800 de utilidad pública

El Registro Nacional de Asociaciones, organismo del Ministerio del Interior con más de sesenta años de historia, registra ya más de 75.000 asociaciones y algo más de 2.800 declaradas de utilidad pública. EFE/ Zipi Aragón

Sagrario Ortega

Madrid, 18 ago (EFE).- 28 de octubre de 1965. Se inscribe en el Registro Nacional de Asociaciones (RNA) la Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial, con la que comienza una historia de sesenta años de ese organismo del Ministerio de Interior en el que ya hay «matriculadas» más de 75.000 asociaciones y algo más de 2.800 declaradas de utilidad pública.

La Asociación de Médicos Palestinos en Europa es una de las últimas registradas en un órgano vivo, en continuo crecimiento, ya que cada año se incorporan a esa ya nutrida lista entre 2.500 y 3.000 asociaciones nuevas.

Desde la FEMP, pasando por Amnistía Internacional, la Federación Española de Bancos de Alimentos o el Círculo de Bellas Artes, todas las actividades que uno pueda imaginar están inscritas a modo de asociación en el RNA.

EFE ha visitado el RNA, ubicado en la calle Cea Bermúdez de Madrid, y ha podido ver de la mano del subdirector general de Asociaciones, José Rafael Rojas, las cientos de carpetas que guardan toda la documentación exigida para inscribirse, en formato papel que ya se está sustituyendo por el digital.

El derecho de asociación lo reconoció ya la Constitución de 1876, aunque no fue hasta once años más tarde cuando se desarrolló la ley y se crearon los registros provinciales de asociaciones, adscritos a los entonces gobiernos civiles, explica Rojas.

Y fue en 1964 cuando una nueva ley de asociaciones creó el registro central, aunque mantuvo los provinciales. El 30 de abril de 1965 entró en funcionamiento, pero hasta seis meses después no se produjo la primera inscripción.

Más tarde, a partir de la Constitución de 1978, fueron creándose los registros de asociaciones de las comunidades autónomas a medida que se fueron suprimiendo los provinciales.

Recuerda Rojas que el de asociación fue el último derecho fundamental consagrado en la Carta Magna de 1978 en regularse mediante Ley Orgánica, que se aprobó en marzo de 2002. El de asociaciones, a diferencia de otros importantes registros públicos, es el único citado expresamente en la Constitución, en su artículo 22.

La Ley Orgánica habla del Registro Nacional, de los autonómicos y de los especiales -sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, federaciones deportivas, asociaciones profesionales de la Guardia Civil, las Fuerzas Armadas, jueces, magistrados y fiscales, de consumidores y usuarios o de entidades religiosas-.

La Transición: un periodo fértil del asociacionismo

El Registro Nacional de Asociaciones, organismo del Ministerio del Interior con más de sesenta años de historia, registra ya más de 75.000 asociaciones y algo más de 2.800 declaradas de utilidad pública. EFE/ Zipi Aragón

Rojas recuerda que el inicio de la Transición fue un periodo fértil para el asociacionismo, con un aumento de entidades inscritas que venían de la clandestinidad. A ellas se sumó un movimiento vecinal que se tradujo en la constitución de cientos de asociaciones de vecinos y de barrios.

Según Rojas, desde la mitad de la década de los 80 el crecimiento de las asociaciones se ha mantenido estable, salvo momentos puntuales o «modas». Por ejemplo, a finales de los 80 y principios de los 90 proliferaron las ecologistas. Actualmente se inscriben un número notable de clubes de cannabis. También de corte tecnológico que acaban siendo ‘startups’.

Por temáticas, la mayoría son las culturales y educativas, por delante de las económicas y profesionales, seguidas de las de solidaridad y acción social, las de medio ambiente y salud y las deportivas y recreativas.

Un mínimo de 3 personas, acta fundacional, estatutos y 38,89 euros

Para registrarse, la asociación tiene que contar con un mínimo de tres personas físicas o jurídicas, aportar a Interior el acta fundacional, la Junta Directiva y los estatutos.

Por supuesto, tienen que plasmar los fines y actividades a las que se va a dedicar, que deben ser lícitos y no lucrativos, así como los órganos de gobierno, el patrimonio inicial, los recursos con los que cuentan, etc… Y pagar una tasa por inscribirse de 38,89 euros.

Todos los requisitos -que son bastantes más de los reseñados- son mirados con «lupa» por los técnicos del RNA.

No son muchas solicitudes que se deniegan y cuando se rechazan, casi siempre es por documentación incompleta o alguna cuestión técnica que en las alegaciones se resuelven.

Rojas detalla que en los últimos años han proliferado los clubes de cannabis y en algún caso el RNA ha detectado en sus estatutos algún «presumible ilícito penal». En estos casos se envía el expediente a la Fiscalía General del Estado. Si no observa indicios de delito, se devuelve el expediente al Registro y se continúa con la inscripción.

En el caso de que la Fiscalía considere que la asociación se ha creado para cultivar marihuana o traficar, se deniega la inscripción.

Otro ejemplo que pone Rojas como motivo de denegación es el caso de algunos clubes de fumadores que en sus estatutos señalaban que admitían a menores de 18 años.

Qué difícil poner un nombre: No vale repetir uno de los 600.000 registrados

La mayoría de las asociaciones acaban inscritas, pero como dice Rojas, hay que revisarlo todo para detectar cualquier anomalía, empezando por la propia denominación de la entidad.

Porque no pueden registrarse con el mismo nombre de cualquier otra entidad pública y privada. Y eso significa que no pueden hacerlo con ninguna de las casi 600.000 denominaciones que están en la base de datos de Interior (puede consultarse en su web) y que contiene todos los nombres de las inscritas en el RNA y en los registros de las autonomías.

Asociaciones de utilidad pública

A primeros de agosto había inscritas 2.834 asociaciones declaradas de utilidad pública -832 de ámbito nacional y 1.950 autonómicas-.

Son asociaciones que realizan una actividad de interés general en beneficio de la sociedad o de un colectivo concreto. Para declararlas de utilidad pública deben demostrar, tras dos años inscritas en el registro, que está llevando a cabo esa labor.

Es aún más profusa la documentación exigida, que una vez revisada por Interior el expediente se envía al ministerio correspondiente (según la actividad que desarrollan) y a Hacienda (debido a los beneficios fiscales que obtienen).

Si todos los informes sin positivos, el expediente se eleva al ministro del Interior, que lo firma y después se publica en el BOE. Cada año, antes del 30 de junio, deben presentar sus cuentas y su memoria de actividades.

Un libro para repasar 60 años de historia

Con motivo del 60 aniversario del RNA, saldrá a la luz un libro escrito por Rojas sobre la historia y trayectoria de este organismo. Será «una memoria que servirá a los futuros responsables del Registro para dar continuidad a un servicio» destinado al cada vez más fuerte movimiento asociativo, que nace, crece y se desarrolla bajo el paraguas de la Constitución.