65 menores asesinados en casos de violencia vicaria desde 2013

Escultura en memoria de las niñas Anna y Olivia, asesinadas y arrojadas al mar por su padre, en Santa Cruz de Tenerife. EFE/ Miguel Barreto

Madrid, 30 sep (EFE).- Un total de 65 menores han sido asesinados desde 2013 en casos de violencia vicaria, una forma de violencia de género que busca hacer el máximo daño a sus madres. Contra ella, el Gobierno aprueba este martes un anteproyecto de ley que permitirá que el Código Penal castigue específicamente este delito.

El caso que sobrecogió a la sociedad española y contribuyó a poner el foco sobre esta violencia que se ceba con la infancia fue el doble crimen perpetrado en 2011 por José Bretón, que mató a sus hijos Ruth y José y quemó sus cuerpos para vengarse de su exmujer después de que ella decidiera separarse.

65 víctimas mortales entre 2013 y 2025

La delegación del Gobierno contra la Violencia de Género contabiliza 65 menores víctimas mortales en casos de violencia de género contra su madre entre 2013, cuando comenzó a registrar estos casos, y 2025.

2015 y 2024 fueron los años más cruentos en cuanto a asesinatos de menores por violencia de género a manos de sus padres o las parejas o exparejas de sus madres, con nueve víctimas mortales cada uno.

En 2013 fueron 6 las víctimas mortales de crímenes vicarios; 4 en 2014; 9 en 2015; uno en 2016; 8 en 2017; 7 en 2018; 3 en 2019; 4 en 2020; 7 en 2021; 2 en 2022; 2 en 2023, 9 en 2024 y 3 en 2025.

En 35 ocasiones (el 54 %), el agresor se suicidó tras cometer el crimen y en otras 7 lo intentó (10,7 %). La inmensa mayoría de los asesinos eran el padre biológico de las víctimas, el 86 %.

En lo que va de 2025 han sido asesinados tres menores. El 1 de abril, Nadia, de 5 años, fue asesinada por la expareja de su madre en Llano de Brujas (Murcia). El agresor habría acabado con la vida de la niña suministrándole pastillas o sustancias estupefacientes durante un viaje en coche.

El pasado 30 de mayo, Eva Yasmin, de 13 años, fue asesinada presuntamente por su padre en el domicilio familiar del barrio de Rekalde, en Bilbao, en el que el agresor también hirió a la madre y después se suicidó.

El 25 de junio, Samuel, de 2 años, fue asesinado junto a su madre por su padre en Algemesí (Valencia).

De Ruth y José a Olivia y Ana

Entre los primeros casos detectados de violencia vicaria figura el asesinato en Arroyomolinos (Madrid), el 24 de abril de 2003, de Andrea, de 7 años, a manos de su padre, que después se suicidó.

Su madre, Ángela Carreño, había denunciado a su exmarido en decenas de ocasiones. Sin embargo, un juez autorizó una visita en la que la pequeña fue asesinada. Carreño elevó su desprotección a la ONU, que condenó a España por no haberla protegido ni a ella ni a su hija. Tras esta resolución, el Supremo obligó al Estado en 2018 a indemnizarla con 600.000 euros.

También tuvo una gran repercusión el asesinato de los hermanos Ruth y José en Córdoba en 2011. José Bretón, que quemó y trató de esconder los restos mortales de sus hijos, fue condenado a más de 20 años de cárcel por cada asesinato.

Igualmente generaron una gran conmoción casos como el del ‘parricida de Moraña’ (David Oubel), que en julio de 2015, drogó y mató con una sierra radial a sus dos hijas, de cuatro y nueve años; el de las hijas de Itziar Prats, de 6 y 2 años, que fueron asesinadas por su expareja, que se suicidó, en Castellón en 2018; o en 2021, el caso de Olivia y Anna, dos niñas de 6 años y 1 año, a las que su padre, Tomás Gimeno, mató arrojando al mar en aguas de Tenerife.

Juzgado de Canarias, pionero en incluir mascotas

Al margen de la utilización de los hijos para causar el máximo daño a la madre, en septiembre de 2025 un juzgado de Canarias dictó un fallo pionero al declarar violencia vicaria matar a un perro para hacer sufrir a la pareja.

La sentencia fue dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, que condenó a doce meses y un día de cárcel a un hombre por tirar por un risco al perro de su pareja.

Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Canaria (TSJC), la magistrada Auxiliadora Díaz analizó el caso con una «perspectiva de género» que le permitía intervenir en un caso que, en principio, no sería materia de su juzgado: un delito de maltrato animal.

Como argumento, la juez exponía que «la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico», señalando que «no se trata de una mera simultaneidad fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer”.