Bilbao, 8 oct (EFE).- La Audiencia de Bizkaia ha absuelto a la enfermera del centro de salud de Kabiezes (Santurtzi-Bizkaia) juzgada por simular la vacunación de menores, al apreciar la eximente completa de alteración psíquica.
En la sentencia hecha pública hoy, el tribunal ha resuelto, sin embargo, imponer a la acusada como medida de seguridad siete años de tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría y el mismo periodo de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público en el ámbito de las profesiones sanitarias.
Además, también fija que la acusada indemnice a Osakidetza con 20.000 euros por los gastos que supuso para el Servicio Vasco de Salud volver a inocular a los menores.
Petición al ministro de Justicia
La Audiencia de Bizkaia ha decidido además trasladar una exposición razonada al ministro de Justicia para que valore, si procede, regular como delito en el Código Penal la conducta de un empleado público que, por razón de su cargo, debe vacunar a menores y que incumple con su obligación, fingiendo la inoculación y la correcta inmunización de los niños.
Esa actuación, ha constatado el tribunal «genera un problema grave de salud pública que no se encuentra tipificado ni en los tipos penales que castigan conductas contra la salud pública, ni en los tipos penales correspondientes a delitos cometidos por funcionarios públicos».
La enfermera de Osakidetza estaba acusada de haber simulado la vacunación de 400 menores entre febrero de 2021 y septiembre de 2022 y su defensa presentó en el juicio un informe forense presentado que señalaba que padecía un trastorno delirante.
Por ello, la Fiscalía, que solicitaba inicialmente una pena de 7,5 años de prisión para la encausada, modificó su escrito y pidió al tribunal su absolución por eximente psicológica completa.
La Sala también ha declarado probado que la acusada «presentaba un trastorno por ideas delirantes que le causaba una anulación total de sus capacidades intelectivas y volitivas para los hechos imputados».
Ha apreciado los informes psiquiátricos que recogían que la enfermera padecía un trastorno delirante con presencia de «ideación delirante compleja de corte mesiánico, esotérico y místico».
Eximente completa de alteración psíquica
Por ello, «sus facultades intelectivas están anuladas y no solo severamente afectadas», razón por la que la Audiencia de Bizkaia ha declarado a la acusada exenta de responsabilidad criminal en una resolución que no es firme y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
La sentencia ha destacado «la necesidad de que la acusada se someta a tratamiento médico debido a la patología mental que padece y a que no preste servicios sanitarios incompatibles con su trastorno mental».
El tribunal ha considerado probado que la enfermera estuvo entre febrero de 2021 y septiembre de 2022 prestando servicio en el área de pediatría del citado centro de salud y que no inoculó vacunas a menores asignados a su cupo o lo hizo de manera distinta a la indicada en el procedimiento, desechando total o parcialmente las dosis correspondientes.
Además, continúa el relato, registraba las vacunas en el historial clínico digital de los menores y en la tarjeta de vacunación que entregaba a los progenitores «a pesar de conocer que no debía hacerlo al no haber realizado la vacunación o no haberlo hecho conforme a los procedimientos establecidos».
En concreto, de los 404 menores del cupo que tenía asignado, ha quedado acreditado que no inoculó las vacunas de triple vírica, varicela y alguna de tétanos a al menos 38 menores.
El tribunal ha destacado las declaraciones «creíbles, coherentes y persistentes» de los progenitores que, de manera prácticamente «uniforme», relataron ante el tribunal que les resultaba «extraño la manera en la que la acusada vacunaba» a sus hijos e hijas, especialmente la «rapidez» en hacerlo.
Contaron también que los menores no tenían los efectos secundarios habituales tras la administración de las vacunas y que la acusada registró la inoculación en sus cartillas de vacunación. Algo que también hizo constar en el sistema informático de Osakidetza, como quedó acreditado en el juicio.
La Audiencia de Bizkaia ha valorado que tanto las pruebas serológicas hechas por Osakidetza como las realizadas de forma privada por determinados progenitores a sus hijos e hijas arrojaron un resultado negativo a la presencia de anticuerpos en 38 menores, un dato que «no excluye que más niños o niñas no recibieran las vacunas que debía administrarles la encausada y por tanto no estuvieran inmunizados».
De hecho, Osakidetza volvió a vacunar a los 404 menores, «lo que provocó un gasto en vacunas y de personal dedicado a su administración» que se ha fijado en 20.000 euros.