Madrid, 7 jul (EFE).- La Audiencia Nacional ha absuelto a la actriz Ana Duato de los delitos fiscales de los que se le acusaba en el llamado caso Nummaria, mientras que ha condenado a 80 años de cárcel al asesor fiscal y contable Fernando Peña, propietario del despacho que dio nombre a esta causa.

También ha sido condenado a dos años y dos meses de cárcel el actor Imanol Arias, pena que éste aceptó al llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción y tras reintegrar al fisco 2.225.973 euros.
La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal considera que ambos intérpretes de la serie «Cuéntame cómo pasó» utilizaron las estructuras diseñadas por Peña, entre 2010 y 2016 a través del despacho Nummaria, con el fin de evitar la tributación en España.
En el caso de Arias, la condena deriva del citado pacto de conformidad por cinco delitos fiscales entre 2010 y 2013, mientras que en el de Duato, su absolución se debe a que la Sala considera que “no concurre acreditación suficiente de que la acusada conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario”.
La Fiscalía pedía en un principio para Duato 32 años de cárcel, petición que rebajó a 22 años al retirarle la acusación por dos delitos fiscales, y, como pena alternativa, propuso mantener la acusación únicamente por los ejercicios de 2010 a 2012, pero solo en el caso de que la Sala admitiese el informe que Hacienda presentó al inicio del juicio, lo que dejaba la pena en 13 años.
También ha resultado absuelto Miguel Ángel Bernardeu, marido de Duato y productor de la citada serie, así como otros 18 acusados, entre ellos trabajadores del despacho Nummaria, ante la falta de pruebas de contra ellos.
La sentencia, de 275 páginas, absuelve asimismo a todos los acusados del delito de organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.
Por contra, la Audiencia condena por delitos fiscales a penas de entre 8 años y 6 meses de cárcel a otros ocho acusados que habían llegado a un pacto con las acusaciones.
A todos ellos, la Sala les aplica la atenuante de confesión de los hechos y también, al igual que a Fernando Peña, la de dilaciones indebidas. Algunos de ellos también han resultado beneficiados por la atenuante de reparación del daño.
En sus hechos probados, la sentencia relata cómo, entre los años 2010 y 2016, Peña desarrolló una actividad de asesoría fiscal y contable en el despacho profesional conocido “despacho Nummaria”.
Para ello creó un entramado de sociedades con sede en Costa Rica, Inglaterra, Canadá, Uruguay y Luxemburgo, tanto para facilitar la opacidad de las operaciones, como para entregarlas a los clientes para la realización de las actividades ilícitas.
Ana Duato, absuelta por duda razonable
En el caso de Ana Duato, el tribunal considera acreditado que utilizó la estructura creada por Peña para transformar una parte de las rentas de su trabajo en renta vitalicia para obtener la reducción del 60% que establece la norma.
Ha quedado probado que la actriz declaró sus ingresos íntegros en los ejercicios de 2010, 2011 y 2012 y que solo tributó por el 40%.
A partir de 2014, a raíz de una inspección de Hacienda que rechazó el mecanismo de la renta vitalicia, Duato cambió la forma de disminuir el importe del IRPF, pero no superó el umbral de los 120.000 euros que fija la ley para que sea delito fiscal.
Para la Sala puede resultar compatible considerar que la acusada “creyera que su asesor fiscal había realizado una operación legítima» sin ser ella «consciente de que se había acudido a un sistema de simulación negocial”.
«Duda legítima» que el tribunal interpreta a favor de Duato, y que se fortalece al no estar acreditado que tuviera conocimientos empresariales superiores a los de un ciudadano medio.
Respecto a Peña, da por probado que canalizó los ingresos de su actividad a través de un grupo de sociedades para evitar la tributación y mantener oculto su patrimonio.
Las cuotas tributarias eludidas por Fernando Peña en los años 2010 a 2015 son en el IRPF cercanas a los diez millones de euros y de casi 6 millones en el IVA.
La Audiencia Nacional le condena a 32 años de cárcel por los delitos fiscales, estafa procesal, falsedad en documento mercantil e insolvencia punible, y le impone otros 48 años como cooperador necesario de los delitos contra la Hacienda pública cometidos por los otros condenados.
De los 80 años de condena que suma en total, su cumplimiento efectivo será de 12 años, el triple de la pena por el delito mayor, que es de 4 años, según han señalado fuentes de la Audiencia Nacional.