Avanza en el Parlamento argentino proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 14 años

Fotografía de archivo que muestra una vista general de la Cámara de Diputados de Argentina. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

Buenos Aires, 6 may (EFE).- Cuatro comisiones de la Cámara de Diputados de Argentina dieron este martes su aval para que un proyecto de ley impulsado por el Gobierno de Javier Milei para bajar a los 14 años la edad de imputabilidad sea debatido por el pleno de la Cámara Baja, informaron fuentes parlamentarias.

Durante una reunión de las comisiones de Legislación Penal; Familias, Niñez y Juventudes; Justicia; y Presupuesto y Hacienda, el oficialismo logró, con el apoyo de aliados, un dictamen de mayoría para que la iniciativa sea debatida por la Cámara de Diputados en una fecha aún no estipulada.

El proyecto de ley implica una reforma del Régimen Penal Juvenil que, entre otras modificaciones, incluye la reducción de 16 a 14 años de la edad de imputabilidad y establece un sistema integral para abordar los delitos cometidos por adolescentes.

Si bien la iniciativa de reducir la edad de imputabilidad generó resistencia en sectores del peronismo, la izquierda, organismos de derechos humanos y la Iglesia católica, también cosechó importantes apoyos tras las muchas reuniones en las comisiones legislativas que se han celebrado desde agosto de 2023 para analizar el proyecto.

La propuesta original promovida por el Gobierno de Milei fijaba la edad mínima de punibilidad en los 13 años, una modificación que fue defendida en varias oportunidades por el propio jefe de Estado, quien argumentó que los delitos de adultos merecían penas de adultos.

Otra docena de proyectos similares se presentó en el Congreso y finalmente el oficialismo y sus aliados acordaron fijar la edad mínima en 14 años.

Así, el proyecto definitivo establece que el Régimen Penal Juvenil se aplique a las personas adolescentes de 14 a 18 de edad cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal, en las leyes penales especiales vigentes o en las normas que se dicten en el futuro.

Las penas privativas de libertad no podrán superar los 15 años y podrán ser cumplidas en domicilio, en un instituto abierto, en un instituto especializado de detención o en una sección separada de un establecimiento penitenciario.

La decisión deberá ser tomada por el tribunal o juez en una resolución en el que se expongan los motivos que justifican la privación de la libertad y deberá indicarse el lugar de cumplimiento de la pena.

Al ser detenidos, los adolescentes deberán ser alojados en un instituto adecuado de detención o en una sección separada de los adultos de un establecimiento carcelario, con personal que cuente con capacitación especializada en el trato con jóvenes.

En caso de que un niño o un adolescente sea declarado inimputable, la investigación deberá continuar para determinar la existencia y las circunstancias del hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas que pudieran estar involucradas.

Uno de los casos que impulsó este debate fue el asesinato de Kim Gómez, una niña de 7 años arrastrada por un vehículo robado por dos adolescentes de 14 y 17 años, un caso que generó conmoción pública y presiones para reformar la ley vigente.

La Iglesia católica manifestó el domingo pasado su rechazo a la baja de la edad de imputabilidad.

“Poner en situación de encierro a un chico no soluciona el problema de raíz”, advirtió en entrevista con medios locales el obispo Dante Braida, presidente de la Comisión de Pastoral Social.