Toledo, 6 jun (EFE).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la sentencia del Tribunal Supremo que declara nulas las excepciones al cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas, es decir, que se puedan alcanzar los caudales ecológicos en el río Tajo de forma escalonada hasta 2027.
El BOE, consultado por EFE, ha publicado este viernes la sentencia del Tribunal Supremo del 6 de mayo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche y del Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA), contra la aprobación del Plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.
La sentencia declara «la nulidad de todas las previsiones contenidas en el plan hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo en las que, de conformidad con lo dispuesto en el apéndice 10 de las disposiciones normativas, se prevea la posibilidad de excepcionar el cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares».
Según explicó la Red del Tajo cuando se hizo pública la sentencia, este fallo solo daría por bueno el escalonamiento en tres años de los caudales hasta 2027 en tramos no amparados por figuras de protección, pero no en las masas afectadas por zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares (zonas Red Natura 2000).
La Red del Tajo indicó que este es el caso del 100% de las 13 masas de agua tipo río comprendidas entre Bolarque y el embalse de Valdecañas, donde se encuentran Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.
Por otro lado, la plataforma explicó que la sentencia alude a la obligación que tiene el Plan Hidrológico del Tajo de incluir los objetivos adicionales de las masas de agua incluidas en zonas protegidas, algo que ha sido omitido en todas las zonas Red Natura 2000 en las comunidades de Madrid y Castilla-La Mancha.
Por ello, el Supremo reclama a la Confederación Hidrográfica que establezca medidas de coordinación con las comunidades autónomas e incluir estos objetivos específicos de conservación en el plan.