Pontevedra, 1 sep (EFE).- El Juzgado de lo mercantil número 2 de Pontevedra ha condenado a tres aseguradoras a indemnizar con 5.174.012 euros a la compañía Pesquerías Nores Marín, armadora del Villa de Pitanxo, por el naufragio del buque en febrero de 2022.
En dicho siniestro, que ocurrió cuando el barco se encontraba faenando en aguas de Terranova (Canadá), fallecieron 21 de sus 24 tripulantes.
El fallo, que ha divulgado este lunes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), subraya que las pólizas contratadas por la casa armadora son «totalmente claras» e incluyen dentro de la cobertura de riesgos la pérdida total del buque por naufragio.
La magistrada condena, en concreto, a Mapfre España Compañía de Seguros y Reaseguros a pagar 3.104.408 euros; a la Sociedad de Seguros Mutuos Marítimos de Vigo, 1.034.802 euros; y a la Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca en España, 1.034.802 euros.
El juzgado entiende que no ha quedado acreditada la «concurrencia de hecho alguno» que pueda justificar una exclusión legal o contractual para quedar exoneradas de la obligación de indemnizar a la armadora por haber perdido el barco en el naufragio.
«Al asegurado le basta con demostrar que el daño se ha producido con ocasión de la navegación marítima, sin tener que demostrar la causa exacta», indica la jueza.
La sentencia subraya que está «acreditado» que el pesquero había pasado satisfactoriamente todas las inspecciones reglamentarias exigidas por la normativa de aplicación y tenía en regla todos los documentos y certificados oficiales en materia de navegabilidad y seguridad.
El Villa de Pitanxo, reitera la jueza, había renovado todos los certificados técnicos después de pasar diversas inspecciones, tanto por parte de los técnicos de la inspección marítima como de los técnicos de la sociedad de clasificación.
Además, explica que el despacho y el certificado de navegabilidad o de conformidad son los documentos a través de los cuales la autoridad pública competente garantiza que se cumplen los requisitos para que el buque resulte navegable «y que no se reseñó incumplimiento alguno».
Mapfre alegaba que el buque no cumplía con la normativa ni con las inspecciones debidas, pero la titular del juzgado pontevedrés afirma que este argumento «resulta mera alegación huérfana de sustento probatorio» en cuanto al hecho que pueda significar una exclusión de la cobertura.
Añade también que «no se colige negligencia alguna imputable al armador» por los contagios de covid-19 sobrevenidos a bordo del buque, constando al respecto la gestión desarrollada por el capitán y las medidas a adoptar que se le indicaron.
Las aseguradoras afirmaban, por otro lado, que los armadores conocían, o deberían haber conocido, que el Villa de Pitanxo iba sobrecargado con un combustible extra en departamentos no declarados a las autoridades correspondientes.
A este respecto, la jueza coincide con los peritos de la armadora y entiende que usar los pañoles laterales de popa o pique de proa como tanques de combustible es «inverosímil» por las múltiples inspecciones de los inspectores de Capitanía Marítima y Bureau Veritas antes de zarpar.
En el fallo también desestima otro motivo de oposición esgrimido por las aseguradoras, quienes sostuvieron que el buque partió del puerto con una escora permanente a babor de tres o cuatro grados, contributiva a que se produjera el hundimiento.
«A la vista de la actividad probatoria desarrollada, lo cierto es que no puede darse por acreditado el hecho afirmado, ni mucho menos que dicha circunstancia hubiese sido coadyuvante del hundimiento», destaca la magistrada pontevedresa.
La sentencia indica, respecto a la alegación de Mapfre que el barco «devino innavegable por razón de la navegación en zona no autorizada por formación de hielo» y que, incluso aceptando esa hipótesis, «no se acredita que dicha circunstancia caiga fuera de la cobertura de la póliza y que legitime su oposición al pago indemnizatorio».
Esta sentencia del Juzgado de lo mercantil número 2 de Pontevedra no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.