Corte Constitucional de Ecuador anula en cárceles reciente estado de excepción de Noboa

Fotografía de archivo de un escuadrón de policías al proteger la entrada principal de la sede de Corte Constitucional del Ecuador, en Quito. EFE/José Jácome

Quito, 10 jun (EFE).- La Corte Constitucional de Ecuador anuló la aplicación dentro de las cárceles del más reciente estado de excepción decretado por el presidente, Daniel Noboa, para combatir a las bandas del crimen organizado que están detrás de la escalada de violencia que vive el país, y prorrogado este martes con las indicaciones del máximo tribunal de garantías del país.

El más reciente de los sucesivos estados de excepción decretados por Noboa desde que declarara en enero de 2024 el estado de «conflicto armado interno» contra las bandas criminales había sido expedido el 12 de abril por 60 días y este martes el mandatario lo extendió por 30 días más.

Sin embargo, a partir de esta resolución de la Corte Constitucional, Noboa no incluyó en esta prórroga a las prisiones, epicentro de la crisis de seguridad por haber estado controladas por las bandas criminales hasta que el mandatario ordenó su militarización, donde han sido asesinados más de 500 presos por enfrentamientos entre grupos rivales desde 2021.

Por la misma razón, tampoco figura el municipio de Camilo Ponce Enríquez, un enclave de minería ilegal en el sur de los Andes ecuatorianos cuyo control se disputan distintas organizaciones criminales.

De acuerdo al tribunal, el Gobierno no había justificado debidamente en su decreto original del estado de excepción la necesidad de aplicar un estado de excepción en esas demarcaciones.

Así, la prórroga emitida este martes por Noboa se limita a la capital Quito y a siete de las veinticuatro provincias de Ecuador que ya estaban en el primer decreto, entre ellas las Guayas (cuya capital es Guayaquil), Los Ríos, Manabí, Santa Elena y El Oro, así como las amazónicas Orellana y Sucumbíos.

Esto implica que en esas jurisdicciones siguen suspendidos derechos fundamentales como el de inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, así como el toque de queda nocturno en una serie de municipios determinados.

Anulada suspensión de libertad de reunión

El fallo de la Corte Constitucional, emitido el 26 de mayo pero hecho público este martes, también declara la inconstitucionalidad de la suspensión del derecho a la libertad de reunión y la movilización de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía para realizar operaciones contra el crimen organizado.

El tribunal sostiene que el Gobierno necesita no un estado de excepción para desplegar a las Fuerzas Armadas para labores de seguridad interna junto a la Policía, debido a las últimas modificaciones y reformas legales que permiten esta situación sin estados de excepción.

La Corte Constitucional ha hecho reiterados llamados de atención a Noboa por renovar repetidamente una medida de carácter extraordinario como es el estado de excepción, lo que ha hecho que parte de la población ecuatoriana viva dese hace casi año y medio con los derechos de inviolabilidad de domicilio y de correspondencia suspendidos.

En un anterior fallo, la corte ordenó la creación de un comité que estudiara la necesidad de mantener el estado de excepción, lo que no fue atendido por el Ejecutivo.

Recordatorio de respetar derechos humanos

En esta última resolución, la Corte Constitucional recordó que «el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos».

«Por ello, las actuaciones de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas deben respetar el ordenamiento jurídico aplicable, incluyendo los derechos humanos de toda la población», enfatizaron los jueces de la Corte.

Así mismo, los magistrados recordaron que el artículo 166 de la Constitución prevé que “las servidoras y servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción”.

Y es que la Asamblea Nacional (Parlamento), de mayoría oficialista, aprobó el sábado una ley para combatir las economías criminales y fortalecer a las fuerzas del orden que, entre otras medidas, da a Noboa la potestad de conceder «indultos anticipados» a policías y militares procesados en el contexto de la «guerra» a las bandas criminales.

Las estructuras criminales han sido catalogadas como «terroristas» por Noboa, incluidos tres grupos disidentes de la desmovilizada guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) con presencia en territorio ecuatoriano.

Desde el inicio del denominado estado de «conflicto armado interno», las bandas criminales se han dividido, por enfrentamientos internos debido a la captura o muerte de algunos cabecillas, y la violencia que tiene a Ecuador a la cabeza del índice de homicidios en Latinoamérica se ha recrudecido con un promedio de un asesinato por hora desde inicios de 2025.