Bogotá, 18 jun (EFE).- El Consejo de Estado de Colombia, máximo tribunal de lo contencioso administrativo del país, suspendió este miércoles el polémico decreto por el cual el presidente Gustavo Petro convocó una consulta popular sobre su reforma laboral, pese al previo rechazo del Senado.
Según confirmaron a EFE fuentes del alto tribunal, la decisión responde a una medida cautelar de urgencia presentada por 12 senadores, entre ellos el presidente de la Cámara Alta, Efraín Cepeda, que pidieron suspender los efectos jurídicos del Decreto 639 «al advertir que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República».
La Sala Quinta del Consejo de Estado admitió esta demanda que buscaba la nulidad del denominado ‘decretazo’ y coincidió en que «previo a convocar al pueblo una decisión de transcendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe».
Uno de los demandantes, el senador Carlos Fernando Motoa, del partido opositor Cambio Radical, celebró la decisión de la alta corte e instó al Gobierno a «cambiar rápidamente de asesores jurídicos».
«Se advirtió previamente que ese ‘decretazo’ era inconstitucional y lo que ha hecho el Consejo de Estado con la demanda que presentamos es respetar la separación de poderes y calmar los ánimos de dictador que ha mostrado el presidente Gustavo Petro», declaró Motoa a la prensa.
En respuesta, Petro escribió en X: «Ni lo uno, ni lo otro. Ni el Consejo de Estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesito cambiar asesores porque tampoco ha dicho ilegalidad, solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto que entregué a la Corte Constitucional».
Disputas políticas
Petro cumplió la semana pasada la promesa que venía anunciando desde hacía tiempo y firmó el decreto que convocaba una consulta popular sobre su reforma laboral, una medida que desató una oleada de críticas y demandas ante el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y otras instancias, por parte de opositores y juristas que la consideran inconstitucional al ser competencia del Congreso.
La convocatoria a la consulta popular por decreto presidencial fue la última carta de Petro para revivir su proyecto de reforma laboral, que había sido archivado en marzo por una comisión del Senado. Sin embargo, la reforma fue revivida a última hora y aprobada el martes por el pleno de esa cámara.
En mayo, el presidente solicitó a la Cámara Alta la convocatoria de una consulta popular para que fuera el pueblo el que decidiera sobre cambios en las leyes del trabajo, pero el pleno también hundió por poco margen esta propuesta, con 49 votos en contra y 47 a favor.
Tras esos reveses, Petro recurrió al llamado ‘decretazo’ con el argumento de que se hizo «trampa» en la votación senatorial sobre la consulta y por eso decidió convocar al pueblo a las urnas el próximo 7 de agosto, día en que cumple tres años en el cargo.
El futuro del decreto estaba principalmente en manos de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Registraduría Nacional, entidad que organiza las elecciones.
Sin embargo, el registrador nacional, Hernán Penagos, dijo la víspera que eran las altas cortes las que debían decidir si el organismo electoral organizaba la consulta o no.
«El Consejo de Estado debe decidir», sentenció Penagos, quien agregó que «en la Corte Constitucional cursan once demandas de inconstitucionalidad».
La disputa entre Gobierno y oposición por la reforma laboral y la consulta popular ha calentado los ánimos de las partes, que se recriminan mutuamente en un ambiente creciente de polarización por el inicio del proceso para las elecciones legislativas y presidenciales del año próximo.