Madrid, 29 jul (EFE).- El Gobierno ha retrasado la aprobación del decreto que regulará la creación de nuevas universidades para tratar de frenar la creación de centros privados que no cumplen con los estándares de calidad a la espera de que el Consejo de Estado emita su informe correspondiente, aunque este no es vinculante.
La aprobación de esta normativa, que reforma el real decreto de 2021 de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, estaba prevista para antes del verano, ya que el Ejecutivo había anunciado que se tramitaría por la vía de urgencia.
Sin embargo, tras recibir las alegaciones de las universidades, de la Conferencia de Consejos Sociales Universitarios, de sindicatos y asociaciones y organizaciones educativas y de estudiantes, e incluso de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) todavía está pendiente del informe final, el del Consejo de Estado.
Un análisis que no es vinculante pero que fuentes del Ministerio señalan a EFE que están pendientes, sobre todo por sus términos legales.
Y es que, el decreto, pese a haber recibido múltiples modificaciones en los últimos meses ha recibido el aviso de la CNMC de que «dificulta» la competencia y exige unos requisitos «injustificados y discriminatorios».
El proyecto de Real Decreto que el Gobierno pretendía aprobar a finales de junio o julio ha sido analizado por este órgano regulador, que comparte el objetivo de mejorar la calidad del sistema universitario pero ve riesgos para la competencia.
Competencia ha recomendado al Gobierno, entre otras medidas, replantear la obligación de ofertar un número mínimo de títulos de grado, máster y doctorado y el número mínimo de estudiantes matriculados (4.500 estudiantes).
Incluso va más allá y pide eliminar la exigencia de experiencia en gestión universitaria a todos los integrantes del equipo directivo y para la persona física o jurídica promotora de una universidad privada.
Tampoco ve con buenos ojos el criterio de que los nuevos centros deban ofrecer un 10 % de plazas de alojamientos a sus estudiantes.
Sin embargo, el secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, Juan Cruz, señaló recientemente en una rueda de prensa que el decreto «se mantendrá como está» en su esencia.
«Está en manos del Consejo de Estado y en cuanto emitan informe se aprobará», dijo Cruz.
No obstante, tras celebrarse este martes el último Consejo de Ministros antes del verano, su aprobación tendrá que ser para después del periodo estival.
Cambios en el último borrador
El último borrador del decreto modificaba los criterios para las nuevas universidades ‘online’, que no necesitarán pasar por la aprobación de las Cortes Generales y seguirán dependiendo de los gobiernos autonómicos si reciben financiación de su comunidad, fijan los precios públicos o imparten al menos el 50 % de la docencia en una lengua cooficial.
Una modificación que afectará a las universidades con más del 80 % de sus enseñanza de forma virtual y que se produjo después de que el Gobierno vasco se opusiera frontalmente a la norma, por considerar que invadía competencias autonómicas y la autonomía universitaria.
Este cambio se suma a que las agencias autonómicas de evaluación también podrán emitir sellos de calidad de las universidades españolas, tanto de las ya implantadas como de las de nueva creación.
La principal novedad en este decreto es que los informes que deben emitir las agencias como la Aneca o de evaluación autonómicas no solo serán preceptivos sino también vinculantes.
También habrá requisitos más estrictos en materia de investigación y deberá haber un 50 por ciento de doctores y doctoras para el conjunto de enseñanzas sobre la totalidad de la plantilla de profesorado.
A lo largo de los últimos tres meses el Ejecutivo ha relajado algunos plazos de adaptación, sobre todo para las universidades de más reciente creación, como por ejemplo que el periodo para superar los 4.500 alumnos sea en seis años, en vez de en cinco, desde el inicio de la actividad.
También que las universidades y centros que, en la fecha de entrada en vigor del decreto, cuenten con su correspondiente autorización dispongan de hasta tres años para adaptarse a las nuevas condiciones, mientras que aquellas universidades cuya actividad hubiera comenzado durante los tres años anteriores a la entrada en vigor tengan un plazo de cinco años.
En el caso de que aún no tengan autorización dispondrán de hasta cinco años, en vez de los tres propuestos inicialmente.
El último borrador también acotaba el tiempo que tienen las agencias de calidad autonómicas y el Ministerio para poder emitir sus informes: en el caso de la primeras -que serían vinculantes- se establece un plazo máximo de un año y en el caso del Gobierno seis meses.