Madrid, 24 jun (EFE).- El Gobierno ha aprobado una vía de acceso rápida para que los estudiantes extranjeros afectados por las restricciones migratorias impuestas por el presidente de EEUU, Donald Trump, puedan estudiar en las universidades españolas.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el programa ‘EduBridge to Spain’ con el fin de atraer talento extranjero al que EEUU pone freno.
Un programa que se aprueba después de que la embajada de EEUU en España haya retomado desde el pasado jueves las citas para conceder visados de estudio a españoles en el país norteamericano aunque con una evaluación exhaustiva de cada solicitante ya que el proceso de verificación incluye que sus redes sociales sean públicas.
Este plan de acceso rápido contempla itinerarios ágiles para alumnado de diferentes etapas educativas, desde bachilleres o cursos previos que pasarán a la Universidad, hasta estudiantes que se encuentren en mitad de un grado o con uno o varios cursos ya realizados.
También personas que hayan finalizado el grado y que quieran realizar un máster en una universidad española.
Para todos los casos el procedimiento consistiría en la obtención de la inscripción en el centro, la solicitud de la autorización de estancia por estudios -permite tanto la residencia como la compatibilidad de trabajar a tiempo parcial con los estudios, por un período superior a 90 días, y podrá tramitarse a través de la red consular- y la obtención del visado.
Posteriormente el traslado a España y, por último, en su caso, la obtención de la TIE (Tarjeta de identidad de extranjero).
Las comisarías de policía facilitarán las solicitudes de expedición de las tarjetas de identidad de extranjero (TIE) de los estudiantes, profesores e investigadores.
El Ejecutivo pondrá en marcha una campaña internacional para los estudiantes interesados con el objetivo de «canalizar el interés de forma ordenada, ofrecer seguridad jurídica y acompañar a los jóvenes desde el inicio de su proceso de traslado».
Estudiantes afectados por la nueva Ley de Extranjería
Por otra parte, el Ministerio de Migraciones ha aprobado ocho instrucciones aclaratorias ante la incertidumbre que había ocasionado la entrada en vigor del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería que afectaba a los trámites para obtener autorizaciones de estudio de extranjeros en España, sobre todo de EEUU.
Cerca de 90 universidades americanas con sede en España y otras tantas estadounidenses con convenios con centros universitarios españoles habían denunciado a EFE el «enorme caos» que se estaba produciendo en los consulados generales de España en EE.UU. debido a problemas de interpretación de la ley, con requisitos ambiguos y, en muchos casos, de difícil cumplimiento.
En este sentido las nuevas instrucciones agilizarán la tramitación de las autorizaciones de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnado, servicios de voluntariado o actividades formativas.
En los casos de las autorizaciones en vigor concedidas en base al anterior Reglamento de Extranjería, los estudiantes podrán solicitar las prórrogas previstas en la nueva ley, con independencia de las que hayan solicitado anteriormente y siempre que la autorización tenga cabida dentro del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería.
Si la situación no tiene encaje en ninguno de los supuestos del nuevo reglamento, el estudiante podrá solicitar una única prórroga por la duración de lo que reste para la finalización de sus estudios, con el límite de dicha prórroga en un año.
Por otro lado, se establece un régimen transitorio para las personas que estén finalizando su formación y que con el anterior Reglamento hubieran podido optar a una autorización de residencia y trabajo.
Y en cuanto a la acreditación del pago de la matrícula, el Ministerio aclara que este trámite se dará por cumplido con una declaración responsable cuando los plazos no puedan cumplirse y el órgano competente lo verificará posteriormente.
Para facilitar la estancia en España de aquellos estudiantes para estancias inferiores a 6 meses podrán obtener la autorización por la duración de los estudios o formación sin contabilizar el mes y medio que preveía la norma, ya que exceder la estancia de seis meses implica otros requerimientos, como la aportación de antecedentes penales.