Madrid, 16 abr (EFE).- El juez Juan Carlos Peinado ha impuesto una multa de 5.000 euros al abogado de Begoña Gómez y sendas multas de 500 euros a los abogados de dos de las acusaciones populares -Vox y Hazte Oír- por informar a los medios de comunicación sobre las declaraciones celebradas en el juzgado por la causa abierta a la esposa del presidente del Gobierno.
El juez que investiga a Begoña Gómez abrió el pasado 20 de diciembre una pieza separada para determinar si multaba a los letrados que habían informado sobre las declaraciones celebradas en el juzgado, en concreto tras la declaración de la mujer del presidente Pedro Sánchez como investigada el pasado 18 de diciembre.
En su auto, el juez critica la “reiterada conducta” por parte de los letrados de trasmitir a la salida de la sede judicial lo que acababa de acontecer en el interior de la sala del Juzgado, a pesar de haberles advertido del contenido del artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que habla del deber de sigilo de las diligencias judiciales.
Y cita lo ocurrido el pasado 18 de diciembre de 2024, cuando tuvo lugar la declaración de Gómez, y se produjo, “una vez más por parte de alguno de los letrados, la puesta en conocimiento de lo que había ocurrido en la sala del Juzgado”. Esto dio lugar -recuerda- a que se acordara la presente pieza separada de posible imposición de multa, coercitiva, que podía alcanzar los 10.000 euros.
Explica que, tras informar de esto a los abogados, los representantes de las acusaciones populares (Vox y Hazte Oír) reconocieron que habían realizado declaraciones a los medios de comunicación, si bien argumentaron que fue después de que lo hiciera el abogado de Begoña Gómez.
Añade Peinado que el letrado de Gómez, Antonio Camacho, “tras haber concluido sobradamente el plazo que se otorgó para ello, y con total desinterés o huérfano de argumentos para exponer en la presente pieza separada, no ha presentado escrito alguno en su descargo justificación”.
Así, y tras visionar las grabaciones remitidas por distintos medios de comunicación a los que se requirió que enviaran los programas o fragmentos de programas en los que aparecían los abogados, “se ha comprobado que en los mismos tan sólo aparecen manifestaciones del letrado Antonio Camacho”.
“En concreto, en las grabaciones se observa, con carácter general en todas ellas, que el letrado expone con detalle lo manifestado por su defendida, la investigada Begoña Gómez, contestando a las preguntas que le ha formulado dicho letrado, y añadiendo su percepción subjetiva del curso de la instrucción”.
Peinado apunta que es esa “exteriorización de lo acontecido precisamente lo que pretende evitar el legislador”.
Por eso, el juez acuerda imponer una sanción de 5.000 euros al abogado de Gómez al que acusa, además, de dejar transcurrir el plazo que se le concede para realizar alegaciones “con clara indiferencia o menosprecio”.
En cuanto a los letrados de las acusaciones, les impone una multa de 500 euros a cada uno, a pesar de que sus manifestaciones no aparecen en las grabaciones recibidas por el juzgado.
Peinado indica que ellos mismos reconocen haberlas hecho y explica que el argumento de que hablaron después de que lo hiciera Camacho “atempera la infracción” pero “no elimina la vulneración de lo prohibido por el legislador”.
El auto de Peinado se conoce el mismo día en el que el juez toma declaración como testigo al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, para interrogarle sobre el nombramiento de una asesora de Begoña Gómez, el mismo día que la causa cumple un año.