Madrid, 23 jun (EFE).- El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado este lunes enviar a prisión provisional al exministro José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García, como habían pedido las acusaciones populares, lideradas por el PP, aunque ha dejado claro que existen «sólidos indicios de criminalidad» contra ambos.

Unos indicios que, según el juez, «aparecen seriamente consolidados» en el último informe de la Guardia Civil, y que apuntan a que ambos «podrían haber obtenido ilícitos rendimientos económicos a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas» que también ha salpicado al exdirigente socialista Santos Cerdán.
Sin embargo, el juez cree que no se cumplen los requisitos previstos en la ley para acordar la prisión provisional: «parece razonable descartar» el riesgo de cometer «nuevos hechos delictivos», no se advierte que vayan a eludir la Justicia -aunque el riesgo -dice- nunca es «enteramente descartable»- ni tampoco hay «peligro fundado y concreto» de que oculten pruebas.
«No se advierte, por eso, en el caso y en este momento, el concurso de ninguno de los elementos que podrían determinar la procedencia de tan grave limitación de su derecho fundamental a la libertad», señala el juez en sus autos.
Mantiene así el magistrado las medidas cautelares que ya pesaban contra el exministro de Transportes y su más estrecho asesor – prohibición de salir de España, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales ante el juzgado-, siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y en contra de lo solicitado por las siete acusaciones populares, lideradas por el PP.
El magistrado ha tomado esta decisión tras la comparecencia este lunes de Ábalos y Koldo, citados ante los nuevos indicios que apuntan a un presunto reparto de mordidas por supuestas adjudicaciones de obra pública. El primero se ha desvinculado radicalmente y el segundo ha preferido guardar silencio, acogiéndose a su derecho a no declarar, informan a EFE fuentes jurídicas.
Esos indicios, señala el juez, vienen recogidos en el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, «al que se acompañan muy expresivas y elocuentes grabaciones, aparentemente efectuadas» por Koldo García, y que han hecho que la causa escale a presunta corrupción en adjudicaciones de obra durante la etapa de Ábalos al frente del Ministerio (2018-2021).
A ambos se les investiga por delitos como organización criminal, cohecho y tráfico de influencias. El ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán está citado en una semana, el 30 de junio, como investigado por los dos primeros delitos.
Repaso de los indicios contra Ábalos
En su auto, el juez hace un pormenorizado relato de los indicios contra el exministro, quien «habría podido intervenir, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio» en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia a favor de empresas de Víctor de Aldama e, «indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado».
También cree «indiciariamente justificado» que Ábalos «pudiera haberse beneficiado económicamente» con el pago «de los alquileres de la vivienda en la que residía» su expareja Jéssica Rodríguez; así como también que «podría haber concertado», previa compra realizada por una empresa tercera a indicación de Aldama, el alquiler con opción a compra de un chalet en La Alcaidesa (Cádiz).
Y, además, podría haber «obtenido también de Aldama un contrato de alquiler», igualmente con opción a compra, de un piso en el Paseo de la Castellana de Madrid, en el que se fijaba un precio de venta (750.000 euros), aparentemente muy inferior al de mercado; así como «haberse beneficiado de un alquiler estival en un chalet de Marbella» como «contraprestación» de una empresa a la publicación de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa por parte del Ministerio.
Pero es que, además, «resultan indicios muy consistentes» de que, tanto Ábalos como Koldo «podrían haber obtenido ilícitos rendimientos económicos a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas», concertados «con terceras personas para este fin». EFE
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