Madrid, 15 sep (EFE).- Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Diaz Ayuso, ha recurrido ante el Tribunal Supremo la fianza de 150.000 euros que el juez Ángel Hurtado impuso al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al considerar que no puede ser inferior a 300.000 euros.
El letrado de González Amador ha presentado un recurso contra la decisión del magistrado, que en su auto de apertura de juicio oral contra el fiscal general fijó una fianza de 150.000 euros a García Ortiz para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que se puedan derivar, como costas o la multa contemplada para este delito.
Con la advertencia de que, si no la presta en el plazo de cinco días, se le embargarán bienes para asegurar dicha cantidad, un plazo que vence esta semana y que tiene que afrontar al margen de si decide o no recurrir esta decisión del magistrado, que considera excesiva la cantidad de 300.000 euros como indemnización por perjuicios morales.
Pero en su recurso, el novio de Ayuso destaca que «jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento del entonces fiscal general».
«Desde antes de que ningún procedimiento penal existiera frente a Alberto González Amador, las lesiones procesales y los daños extraprocesales personales, familiares, profesionales y empresariales son continuos durante ya más de 550 días, actualizándose diariamente en la forma, intensidad y con los fines expuestos».
Por tanto, «siendo la lesión continuada y actualizada diariamente con la intensidad propia del relato político que persigue desde su origen, la indemnización de los continuos perjuicios morales no debe valorarse en un importe inferior a 300.000 euros».
La Apif recurre la decisión del juez de no suspender al fiscal general
También la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) -una de las acusaciones de la causa- ha recurrido ante la Sala para que suspenda cautelarmente al fiscal general.
El juez rechazó esta pretensión al señalar que existe una regulación para acordar la suspensión de cualquier miembro de la carrera fiscal por vía administrativa, que no contempla la del fiscal general, lo que a su juicio entiende como «un vacío legal», si bien envió su auto a la Inspección Fiscal para que, en su caso, resuelva lo que proceda.
Pero, para la asociación, el artículo del Reglamento que habla de la suspensión provisional de fiscales cuando se les abre juicio también es «aplicable» al fiscal general, y esta medida es, además, «imprescindible para garantizar el correcto desarrollo» del futuro juicio.
Porque, recuerda APIF, si García Ortiz sigue en su puesto, será el «superior jerárquico» del fiscal que intervenga en el juicio y, por tanto, «podría impartirle órdenes», lo que provocaría «una distorsión inaceptable» porque «actuaría al servicio del propio acusado».
No suspender al fiscal general, dice la asociación, generaría «un agravio comparativo» en la carrera y también daría lugar a «situaciones anómalas».
Recuerda APIF que García Ortiz participó en la apertura del año judicial junto al rey, y pide «evitar otros muchos escenarios difícilmente asumibles» si sigue en el cargo, como la posibilidad de que acceda al Tribunal Supremo «por la puerta noble» cuando se celebre el juicio contra él.