Madrid, 23 jul (EFE).- El exdirigente socialista Santos Cerdán continuará en prisión preventiva ante los indicios «nutridos y poderosos» de que habría tenido un «papel directivo» en una presunta trama de mordidas por adjudicaciones de obra pública y ante el riesgo de que pueda destruir pruebas de la investigación.
Así lo afirma la Sala de Apelación del Tribunal Supremo en el auto en el que desestima el recurso de la defensa del ex número 3 del PSOE contra la decisión del magistrado Leopoldo Puente de enviarle a prisión provisional sin fianza por la presunta comisión de delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
Los magistrados avalan la tesis del juez -que, dicen, está «racional, objetiva y detalladamente fundada»- de que el exsecretario de Organización socialista podría perjudicar «irremediable y gravemente la investigación» con una «actuación obstruccionista» si sale de la cárcel de Soto del Real (Madrid), donde se encuentra desde el 30 de junio.
Respaldan los principales indicios contra Cerdán, descubiertos tras las grabaciones que, durante cuatro años, hizo Koldo García de sus conversaciones, en las que el Supremo no ve «ningún viso» de manipulación ni por el exasesor ni por la Guardia Civil.
Cerdán es el único que está en prisión en una causa que también se dirige contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García, y varios empresarios.
Del rol «directivo» a las «cantidades portentosas» de dinero
A lo largo de 30 páginas, los magistrados repasan los «nutridos y poderosos» indicios de la participación del exdiputado en una trama de comisiones por adjudicaciones a constructoras, con un «papel directivo y de control» sobre la presunta «actividad criminal» de los otros implicados en la red.
Estos indicios, dice el auto, desvelan cómo «los investigados se repartían, de manera furtiva, unas cantidades portentosas e injustificadas de dinero, en un comportamiento que solo se muestra coherente con la actividad delictiva que se investiga».
Entre ellos figuran las «extraordinariamente elocuentes» conversaciones grabadas por Koldo García, «claramente indicativas y confirmatorias de la realidad que se investiga», de la participación de los investigados y de que Cerdán ostentaba en la trama «funciones preeminentes y de dirección».
También destaca el análisis de «numerosas adjudicaciones» otorgadas por el Ministerio que dirigía Ábalos, con Koldo García de asesor, que beneficiaron presuntamente a la constructora Acciona, cuando no presentó la mejor oferta económica.
Sólo Cerdán conoce quién y cómo pagó
Esas conversaciones que grabó Koldo reflejan, según el Supremo, que Cerdán «impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras» y desvelan que sería «quien pagaba» a Ábalos y a Koldo las correspondientes mordidas.
Él era quién «aparentemente conoció y validó unos mecanismos ocultos de pago que efectivamente se emplearon y que todavía se desconocen». Como también se desconocen la totalidad de empresas beneficiadas con presuntas adjudicaciones irregulares, sus representantes o cómo se abordaban y ocultaban las mordidas.
Y, en ese punto, dice el Supremo, hay indicios de que Cerdán «conoce a todos los que pagaron estas comisiones y sabe cómo le fueron pagadas» y los conceptos con los que pudieron maquillarse.
«Sólo él parece conocer el destino que dio al dinero», quiénes fueron los beneficiarios o dónde se habría depositado el dinero que «no haya sido repartido». Y añade: «sólo él conoce el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado».
Además, comparte una sospecha con el juez: recuerda que las adjudicaciones que consiguió Acciona ascienden a 537.271.005 euros, pero por ellas se ha desvelado un flujo de alrededor de un millón de euros, un importe «exiguo» en este tipo de «operaciones delictivas».
Los posibles «hombres de paja» y las grabaciones de Koldo
Para rechazar la libertad de Cerdán, el Supremo advierte de la posibilidad de que destruya documentos, se concierte con testigos, modifique el «actual emplazamiento de sumas de dinero defraudadas» o las oculte «bajo sociedades u hombres de paja».
Ni ve trato discriminatorio para él ni «perspectiva inquisitiva», como denunciaba su defensa, y rechaza que las grabaciones de Koldo tengan «ningún viso de que fueran elaboradas para comprometer falsamente» a Cerdán, ni que hayan podido ser manipuladas ni por el exasesor ni por la Guardia Civil.
«(…) Las conversaciones no presentan ningún reflejo de haber sido editadas», dice el Supremo, que recuerda que Cerdán no las negó, sino que «las desautorizó utilizando descargos abiertos pero compatibles con su existencia». Todo ello, añade, «sin perjuicio del resultado que derive del volcado de los instrumentos electrónicos que inicialmente las contienen».
Y sobre la petición de la UCO de conocer sus visitas en prisión -a la que se ha acabado oponiendo Instituciones Penitenciarias-, la Sala recuerda que el juez no ha ordenado nada y precisa en cualquier caso que la Policía tiene «plena capacidad» para conocer sus encuentros.
Las sospechas sobre el contrato de Servinabar
Respecto al contrato en el que Cerdán presuntamente compró hace años participaciones de Servinabar -al que él no dio validez por no haberse elevado a público-, el Supremo respalda las sospechas del juez. Recuerda que un «contrato privado tiene fuerza vinculante» y no «parecería razonable que se elevara a documento público lo que no es sino una evidencia más» de su «interés» en que algunas obras se adjudicaran a esta empresa.
«Ni la duda sobre abandonar la actividad política (de Cerdán) exigía firmar el contrato hasta que la decisión estuviera tomada, ni la frustración del acuerdo es compatible con que el contrato, una vez firmado, se haya conservado durante tanto tiempo por quien cedió las participaciones», advierte.