Madrid, 8 sep (EFE).- El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto este martes admitir a trámite el recurso del expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no aplicarle la amnistía por el delito de malversación.
Fuentes jurídicas han informado a EFE de que la decisión del Pleno se adoptará previsiblemente por unanimidad por su especial trascendencia constitucional, como suele ser habitual en este tipo de cuestiones, algo que ya ocurrió con los recursos de otros líderes del ‘procés’ como el del exvicepresidente Oriol Junqueras.
En cambio, el pleno rechazará la medida cautelarísima instada por la defensa de Puigdemont para que suspenda la orden de detención nacional que sigue teniendo vigente por el ‘procés’ porque consideran que no concurre especial urgencia para adoptar una medida excepcional «inaudita parte», es decir, sin oír a las partes.
En su lugar, el tribunal abrirá una pieza de medidas cautelares para dar traslado de la misma a la Fiscalía y al resto de las partes para que formulen las correspondientes alegaciones.
Las fuentes han explicado que la intención es resolver los recursos de amparo de Junqueras y del resto de líderes del ‘procés’ (Raül Romeva, Dolors Bassa, Jordi Turull, Lluís Puig y Toni Comín) antes de finales de año o de principios de 2026, que fueron presentados previamente y que condicionarán el recurso de Puigdemont.
Para ello, el tribunal considera pertinente esperar a conocer la sentencia que dicte el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las impugnaciones presentadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional contra la ley de amnistía.
Al respecto, se espera que a finales de septiembre o primeros de octubre se conozca el dictamen que tiene que remitir el abogado general de la Unión Europea al TJUE, cuyo fallo se espera ya para finales de año. Los plazos de Europa afectarán a los tiempos del Constitucional.
Puigdemont dice que la orden de detención es «constitucionalmente inadmisible»
En su recurso, Gonzalo Boye, abogado del expresidente catalán, solicita al TC que acuerde suspender la orden de detención al concluir que esta «carece del respaldo de una condena firme», en un contexto en el que el legislador «ha expresado su voluntad de extinguir la responsabilidad penal» del expresidente mediante «una norma orgánica cuya constitucionalidad ya ha sido confirmada».
Tras calificar la orden de detención de «constitucionalmente inadmisible», el recurso pide su suspensión cautelarísima -y subsidiariamente cautelar- para evitar que «un representante electo sea privado de libertad en un contexto de judicialización del conflicto político catalán».
En cuanto a la malversación, dice que denegación de la amnistía a este delito que se atribuye a Puigdemont revela «una estrategia de resistencia judicial» a la ley por parte del Supremo que atenta contra el principio de separación de poderes y de legalidad.
Una interpretación que, a su parecer, «carece de base en el texto legal» y «contradice la voluntad expresa del legislador», en una «abierta vulneración del principio de legalidad penal y del principio de seguridad jurídica».