El TC avala el dictamen de la comisión de investigación sobre el accidente de Spanair

Un pequeño peluche en recuerdo de las víctimas del accidente del vuelo JK5022 de Spanair en la Terminal 2 del Aeropuerto de Barajas, en una imagen de archivo. EFE/ Chema Moya

Madrid, 12 may (EFE).- El Tribunal Constitucional ha avalado el dictamen de la comisión de investigación del Congreso sobre el accidente aéreo de Spanair, que señaló a varios responsables del Gobierno socialista de la época por el suceso que en 2008 segó la vida de 154 personas y dejó 18 heridos.

Según ha adelantado eldiario.es y han confirmado fuentes jurídicas a EFE este lunes, el órgano de garantías ha rechazado los recursos presentados por la socialista Magdalena Álvarez, que en 2008 era ministra de Fomento, y por el expresidente de AENA Manuel Azuaga, contra las conclusiones a las que llegó la comisión de investigación sobre este siniestro en 2021.

El dictamen, que se aprobó con el voto en contra del PSOE, apuntó a varios responsables de la época y señaló además la existencia de una concatenación de errores que hizo que todas las medidas de seguridad fallaran ya que, tanto en el momento del accidente como antes y después, no funcionaron los sistemas de asistencia y seguridad.

El vuelo JK5022 se estrelló el 20 de agosto de 2008 a los pocos minutos de su despegue en el aeropuerto de Madrid-Barajas. Murieron 154 personas y resultaron heridas otras 18, todas ellas con secuelas.

Aquel día cientos de viajeros comenzaban o regresaban de sus vacaciones y el vuelo JK5022 no llegó a su destino, Gran Canaria, residencia de la mayoría de sus pasajeros. Fue el tercer accidente más grave de la historia de la aviación española.

El Congreso, en las conclusiones de su investigación, señaló a dieciocho personas que en la fecha del accidente ocupaban puestos de responsabilidad, empezando por la ministra de Fomento, Magdalena Álvarez; el secretario general de Transportes, Luís Fernando Palao; el director general de Aviación Civil, Manuel Bautista; y responsables del aeropuerto de Barajas, de Aena y de Seguridad Aérea.

También aludió a diversos fallos técnicos del Boeing MD-80, entre ellos la prórroga sin inspección previa del permiso para la aeronave, así como los de los ‘flaps’ y ‘slaps’ (dispositivos en las alas que sustentan el aparato en el aire) y de la alarma tows (sistemas de aviso al despegue).

Tras el siniestro, la causa penal abierta no prosperó, al archivar la Audiencia Provincial de Madrid el caso en 2012. En cambio, en 2022 la sala de lo civil del Tribunal Supremo condenó a Mapfre, la aseguradora de la compañía aérea, a abonar 3,8 millones de euros a 40 familiares de víctimas del accidente.

Al accidente le siguió la creación de la Agencia de Seguridad Aérea (AESA) y un Reglamento del Parlamento Europeo en 2010 que determinó que la lista de pasajeros en un vuelo siniestrado debía darse dos horas después de la tragedia.

El pasado 2 de mayo el Gobierno instituyó el 20 de agosto, aniversario de la tragedia, como Día Nacional de las Víctimas de Accidentes Aéreos y sus Familias, a petición de la Asociación de Afectados por el Vuelo JK5022.