Este jueves entra en vigor la ley que reforma la planta judicial y obliga a acudir a la mediación

Imagen de archivo de la fachada de los juzgados situados en la madrileña plaza de Castilla. EFE/ Mariscal

Madrid, 2 abr (EFE).- La ley que reforma la planta judicial, que sustituirá los tradicionales juzgados unipersonales por los tribunales de instancia, y que obligará a acudir a la mediación en el ámbito civil y mercantil antes de recurrir a la vía judicial, entra en vigor este jueves.

La reforma ha provocado las críticas de algunos colectivos, como los abogados de familia, que advierten de que se producirán retrasos, mientras que la presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, ha reclamado la suficiente dotación presupuestaria, medios materiales y personales para que esta reforma “no se quede en una mera declaración de intenciones”.

La Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia pretende llevar a cabo lo que en boca del ministro Félix Bolaños es “la mayor transformación de la Justicia en décadas” con el objetivo de actualizar la estructura judicial, adecuándola a los estándares del siglo XXI.

Sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia

Esta norma crea los tribunales de instancia, un órgano colegiado que integra todos los juzgados unipersonales y de primera instancia en una única organización en cada partido judicial. De esta forma, los 3.931 juzgados unipersonales se transformarán en 431 tribunales de instancia.

Se unificarán los criterios y, tal y como asegura el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, favorecerá la especialización y permitirá distribuir adecuadamente las cargas de trabajo, así como compartir recursos.

Estos tribunales estarán apoyados por las Oficinas de Justicia en los Municipios, que sustituyen a los antiguos juzgados de paz y que facilitan al ciudadano las gestiones sin tener que desplazarse a una capital de provincia.

En estas oficinas se podrán realizar una serie de actos y trámites procesales de manera telemática.

Apuesta por medios alternativos de solución de controversias

La ley apuesta por la mediación y la solución negociada al conflicto para abordar el exceso de litigiosidad. Así, obliga, en los ámbitos civil y mercantil, a acudir a la negociación entre las partes -los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC)- antes de ir a juicio.

Parte de la premisa de no judicializar todos los conflictos y de que, en ocasiones, la solución dialogada es la más efectiva y abre la puerta a mecanismos como la mediación, la conciliación, la oferta vinculante o la opinión de un tercero independiente.

Además, realiza una reforma del sistema de costas. Hasta ahora, las costas las pagaban quienes perdían el juicio, pero esta norma establece que hay que hacer un intento por llegar a un acuerdo y, si una vez concluido el pleito se demuestra que, a pesar de tener razón, no ha intentado llegar a un acuerdo previo, el juez le va a imponer el pago de costas porque se ha producido un abuso de un servicio público.

La obligatoriedad de acudir a un MASC ha despertado, no obstante, las críticas de los abogados de familia, que están convencidos de que provocará que los procesos se dilaten en el tiempo.

Corrige un error en la ley de paridad y agiliza los desahucios por ocupación

Esta norma también sirve para corregir el error técnico en la ley de paridad, impulsada por el Ministerio de Igualdad, que entró en vigor en agosto de 2024 y que suponía la desaparición de la protección de los trabajadores que se acogen a permisos o adaptación de jornada por cuidados.

Además, la norma introduce un cambio en la ley de enjuiciamiento criminal (Lecrim) que permitirá agilizar los desahucios en los casos de ocupación. Se trata de una modificación en el artículo 795.1 de esta ley, por la que los delitos de usurpación de inmuebles y de allanamiento de morada pasarán a tramitarse por el procedimiento abreviado (juicios rápidos).

También incluye la eliminación de las ‘golden visa’ o visados dorados al modificar la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. De esta manera, quedan suprimidos los visados y autorizaciones por la adquisición de inmuebles e inversiones en depósitos bancarios, deuda pública, acciones, fondos de inversión y proyectos empresariales de interés general.

También reforma la Ley de Propiedad Horizontal, de manera que los propietarios que deseen explotar sus inmuebles como pisos turísticos deberán contar con el consentimiento de la comunidad de propietarios.

Otras modificaciones contenidas en la ley son la posibilidad de dictar sentencia de viva voz al concluir el juicio, se incrementa la multa mínima por vulneración de la buena fe procesal de 180 a 600 euros, se elimina la obligación de presentar copias múltiples de la demanda, y contempla que la incomparecencia injustificada al acto de conciliación pueda ser sancionada.

Nuevas competencias para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en octubre

Pendiente de su entrada en vigor queda la atribución a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de las competencias en materia de violencia sexual, que sucederá en octubre.

Estos juzgados deberán asumir a partir de entonces los delitos de violencia sexual, lo que supondrá un incremento de la carga de trabajo que, según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ronda el 13 por ciento.

Un total de 135 jueces especializados en violencia machista han advertido del “colapso total” que supondrá para sus juzgados la entrada en vigor de esta norma, mientras que el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha anunciado un real decreto que aumentará en 53 las plazas de jueces de violencia sobre la mujer.