Sevilla, 6 mar (EFE).- La Audiencia de Sevilla ha fijado para octubre de 2026 el inicio del juicio por el conocido como caso Magrudis por el brote de listeriosis en carne mechada que se produjo en 2019, el mayor en España hasta el momento y que provocó cuatro fallecimientos, siete abortos y lesiones a unas 240 personas.
La vista oral, según recoge una diligencia de la Sección Séptima de la Audiencia a la que ha tenido acceso EFE este jueves, ha sido señalada para un total de 43 sesiones, repartidas a lo largo de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026 y enero de 2027, con finalización prevista para el día 27 de ese mes.
A raíz del cese del anterior magistrado ponente, la Sección Séptima, de acuerdo con el turno establecido, ha designado a Alejandro Vian Ibáñez, indica la diligencia.
El Juzgado de Instrucción 10 de Sevilla acordó en verano de 2022 continuar el proceso contra siete investigados y declarar responsable civil al Ayuntamiento de Sevilla, junto a la compañía de seguros AXA.
La Fiscalía pidió en sus conclusiones provisionales penas de 10 años de prisión y distintas multas para los dueños de la empresa sevillana Magrudis, entre otros acusados, por el brote de listeriosis, según el escrito del Ministerio Público al que ha tuvo acceso EFE en octubre de 2022.
Para la acusación pública los hechos constituyen un delito contra la salud pública en concurso ideal, por imprudencia grave, con cuatro delitos de homicidio, siete delitos de lesiones al feto y 235 delitos de lesiones, además de un delito de defraudación del fluido eléctrico y otro de falsedad en documento oficial.
La Fiscalía explicaba que las actuaciones se iniciaron a raíz de los casos de intoxicaciones por listeria registrados en diferentes comunidades autónomas, causados por bacteria denominada “listeria monocytogenes” y asociada al consumo de carne mechada de la marca ‘La Mechá’.
‘Deficiencias sanitarias’
El brote de intoxicación alimentaria causado por listeria en carne mechada en España dio lugar a declarar el estado de alarma nivel 1 con fecha en agosto de 2019.
Los principales acusados, como responsables de Magrudis, sabían que estaban llevando a cabo un proceso de elaboración “con deficiencias sanitarias” y riesgo “grave o muy grave” para los posibles consumidores en caso de comercialización.
Al respecto, según la acusación pública, no pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades sanitarias, ni el Ayuntamiento de Sevilla ni Junta de Andalucía, por lo que lo “ocultaron de forma deliberada”.
Ello implicó que un producto nocivo para la salud fuera puesto en el mercado por los acusados y se perdiera el dominio sobre el riesgo creado y se causaran daños graves de diversa consideración, “eludiendo todas las obligaciones legales para que los productos alimenticios cumplan los criterios biológicos pertinentes”.
La Fiscalía apuntó a la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Sevilla, que debería a su juicio asumir las consecuencias de su inacción por su “acción deficiente y tardía”, por cuanto supuso de funcionamiento anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido.