Inadmitida una querella contra la delegada del Gobierno por la gestión del día de la dana

La delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, en una imagen de archivo. EFE/ Ana Escobar

València, 24 feb (EFE).- La jueza de Catarroja que investiga posibles delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave en relación con la dana ha inadmitido una querella contra la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, al considerar que “la competencia en materia de protección civil es autonómica” y “la inactividad se produjo en dicho ámbito”.

La asociación Hazte Oír solicitaba, en un escrito tramitado inicialmente en el Juzgado de Instrucción 10 de Valencia y que fue remitido después por inhibición a Instrucción 3 de Catarroja, que Bernabé fuera investigada por no haber instado al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional.

Sin embargo la magistrada, en un auto hecho público este lunes por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, entiende que la omisión que alegan los querellantes no constituye una base para atribuir a la delegada del Gobierno los homicidios y lesiones cometidos por imprudencia grave.

“Asociar a la delegada del Gobierno la responsabilidad en los fallecimientos y lesiones imprudentes del día 29 de octubre, cuando la competencia en materia de protección civil es autonómica y la inactividad se produjo en dicho ámbito, carece de cualquier asidero legal”, precisa.

El auto recoge que existió en un primer momento “consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional”.

Además, señala que para alertar a la población “no era preciso instar” esa declaración, pues “se podía realizar perfectamente desde el ámbito autonómico que estaba asumiendo las competencias en materia de emergencias”.

Por tanto, insiste, no era “preciso trasladar dicha actuación, que se adoptaran medidas de autoprotección, a la Administración central a través del Ministerio del Interior”.

Sobreseída una denuncia por daños materiales

Por otro lado, la instructora ha dictado este lunes un segundo auto en el que decreta el sobreseimiento libre de una denuncia por daños materiales provocados por la dana, de la que se había inhibido en su favor el Juzgado de Instrucción 15 de València, al tiempo que hace expresa reserva de acciones ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La resolución judicial recuerda que el objeto de la investigación que se sigue en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja es “los fallecimientos y las lesiones, asociados a una actuación negligente”, fallecimientos que “sí se podían evitar”, a diferencia de lo ocurrido con los daños materiales.

La magistrada apunta asimismo que el Código Penal, en su artículo 267, solo castiga como delito leve, con penas de multa de tres a nueve meses, los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a los 80.000 euros.

La causa incluye ya más de 160 fallecimientos

La causa abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja incluye ya más de 160 de los 224 fallecimientos registrados oficialmente, después de la aceptación de las inhibiciones cursadas por diferentes juzgados de València, Picassent, Alzira o Torrent.

Desde el pasado mes de diciembre, cuando empezó a practicar diligencias de investigación, la jueza ha tomado declaración a, al menos, 60 testigos, familiares de los fallecidos, y realizado un número aún mayor de ofrecimientos de acciones a los perjudicados, según el TSJCV.

Muchos de esos testigos, que están en tratamiento psicológico a causa de lo ocurrido, están siendo ya examinados por el Instituto de Medicina Legal de Valencia para evaluar sus daños y secuelas psicológicas.