Just Eat acusa a Glovo de construir su hegemonía mediante una «huida del derecho laboral»

Imagen de archivo de un repartidor en una calle de Barcelona. EFE/ Quique García

Barcelona, 20 jun (EFECOM).- Uno de los abogados de Just Eat ha denunciado este viernes que Glovo ha conseguido su posición de predominancia en el sector mediante «una huida del derecho laboral», con una «estrategia típica de depredación» contra el resto de compañías, lo que le ha dado una ventaja competitiva.

En la última sesión del juicio celebrado en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona, donde las partes han expuesto sus conclusiones, este letrado ha manifestado que Glovo ha llevado a cabo una agresiva competencia, que ha perjudicado al resto de empresas, para conseguir su «robusta» posición en el mercado.

Just Eat España presentó una demanda contra Glovo ante los juzgados de lo mercantil de Barcelona, por competencia desleal, en la que le reclama 295 millones de euros por recurrir a falsos autónomos.

La plataforma de origen danés sostiene que Glovo, fundada en Barcelona, pero propiedad de la alemana Delivery Hero, se ha ahorrado más de 645 millones de euros contratando a falsos autónomos en los últimos años y que ello le ha permitido adquirir una ventaja competitiva significativa.

Glovo ha cumplido diez años en los que ha estado operando en España con un modelo de autónomos que ha supuesto la apertura de varios procesos judiciales y la imposición de sanciones, aunque desde el próximo 1 de julio comenzará a funcionar con repartidores contratados.

Una «huida hacia adelante»

Uno de los letrados de Just Eat ha subrayado que «Glovo ha llevado a cabo una huida del derecho laboral y una huida hacia adelante hasta que ha alcanzado una posición de predominancia, de muchísima ventaja, que ahora le permite volver a un sistema de cumplimiento» de la ley.

«Es una estrategia típica de depredación. Son empresas que compiten gastando mucho dinero, quemando, que se dice en el argot, estrangulando a los competidores», ha señalado el letrado de Just Eat, que también ha manifestado que con este sistema Glovo ha alcanzado una posición «absolutamente robusta».

También, ha manifestado que el fundador de Glovo, Oscar Pierre, es «sincero» cuando en algunas entrevistas ha manifestado que el «modelo laboral es muy rígido y que no le permite contratar», y que lo que quiere es «uno específico para su actividad».

«Como no tiene (un modelo propio para su actividad) dice: ‘no uso el modelo laboral'», ha manifestado el abogado, que acto seguido ha aprovechado para recordar que la ley «no se elige si se aplica o no», sino que debe cumplirse siempre.

Otro de los letrados de Just Eat ha manifestado que la libertad que han tenido los repartidores autónomos de Glovo es «ficticia», al estar sometidos a condiciones de «precariedad» en el desempeño de su actividad profesional.

«Trabajan siete días a la semana, permanecen conectados una media de diez horas, perciben ingresos inferiores a los 1.000 euros y aunque puedan prestar servicios con otras plataformas, el 60 % lo hace únicamente para Glovo», ha denunciado.

Además, ha citado a algunos de los repartidores que han comparecido en el juicio, al asegurar que han ratificado que no podían escoger de forma libre: “La precariedad de nuestras condiciones nos impedía elegir, teníamos que trabajar”, ha expresado.

Glovo pide la desestimación

Por parte de Glovo, que ha pedido que se desestime la demanda y se condene a Just Eat a pagar las costas procesales, sus abogados han afirmado que los demandantes pretenden «ganar en el juzgado lo que están perdiendo en el mercado».

Sobre los repartidores a los que ha aludido Just Eat, ha afirmado que se trata de trabajadores de la empresa demandante que habían estado en el pasado con Glovo, que además recordaban «vagamente» esa época y han hablado en el juicio «de sensaciones».

También han señalado que la gran parte de lo hechos están prescritos, puesto que la mayoría de ellos aluden a dos fórmulas de relacionarse con los ‘riders’ autónomos ya extintas, y que la actual, en proceso de sustituirse por la contratación laboral de los repartidores, solo puede tenerse en cuenta parcialmente, retrotrayéndose un año desde la fecha de la demanda, de finales de 2024.

Una vez expuestos los argumentos de las partes, el juicio ha quedado visto para sentencia.