La asesora de Begoña Gómez recurre ante la Audiencia que el juez Peinado pida sus correos

Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez en Moncloa, llega a los juzgados de Plaza de Castilla en Madrid el 10 de septiembre. EFE/Daniel González

Madrid, 16 sep (EFE).- La asesora de Begoña Gómez en la Moncloa, Cristina Álvarez, ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid la petición del juez Juan Carlos Peinado para que el exvicerrector de la Universidad Complutense Juan Carlos Doadrio entregue al juzgado todos los correos en los que ella aparezca como remitente o destinataria.

En un escrito al que ha tenido acceso EFE, el letrado de Álvarez recurre la petición del magistrado que la investiga junto a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, en el marco de una pieza separada en la que indaga si se desviaron fondos públicos en el nombramiento de Cristina Álvarez y si desempeñó funciones privadas en favor de Gómez.

Precisamente, fue tras la declaración de ambas como investigadas por esa presunta malversación, el pasado día 10, cuando se conoció que el juez Peinado había solicitado al exvicerrector de la Universidad Complutense de Madrid Juan Carlos Doadrio que entregara, en un plazo de 10 días, todos los correos en los que aparezca como remitente o destinataria Cristina Álvarez.

Pretende así conocer el contenido de los correos en relación con la institución educativa en la que la mujer del jefe del Ejecutivo codirigió una cátedra.

Pero el abogado de la asesora, José María de Pablo, pide a la Audiencia Provincial que rechace esa petición porque se dictó en una providencia y no en un auto, como ya resolvió la Audiencia en otro recurso similar.

Otro motivo de recurso es que la petición vulnera «nuevamente» el principio de intangibilidad de las resoluciones judiciales porque previamente el juez había rechazado esa diligencia y ahora «sin motivo que lo justifique (…) cambia de manera copernicana de opinión y acuerda exactamente lo contrario a lo que acordó días antes».

Añade el escrito que el magistrado no motiva en absoluto una medida que restringe los derechos fundamentales, y recuerda que el tribunal de apelación no puede suplir «la absoluta ausencia de motivación» del juez instructor en estos casos.