La Audiencia Nacional investiga si el apagón en España fue por un sabotaje informático

Fachada Audiencia Nacional. EFE/Mariscal

Madrid, 29 abr (EFE).- El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado abrir diligencias para investigar si el apagón en la red eléctrica española que afectó a todo el territorio peninsular este lunes pudo ser un acto de sabotaje informático en infraestructuras críticas españolas, lo que encajaría en un delito de terrorismo.

En un auto, el magistrado acuerda como primeras diligencias requerir al Centro Criptológico Nacional y a Red Eléctrica Corporación SA la elaboración de sendos informes para que en un plazo improrrogable de diez días indiquen la o las causas que motivaron el apagón.

Del mismo modo, solicita a la Comisaría de Información de la Policía Nacional que presente un informe preliminar sobre los hechos acontecidos, también en un plazo “improrrogable” de diez días.

El titular de Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional se encuentra esta semana de guardia, con lo que sería el competente para abrir estas diligencias, decisión que ha adoptado de oficio; esto es, sin que se lo haya pedido la Fiscalía ni ninguna otra parte que pudiera estar interesada, han informado a EFE fuentes jurídicas.

El juez explica que el incidente ocurrió ayer sobre las 12.30 hora española y afectó a sistemas informáticos que soportan infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales a la sociedad como salud, energía, industria o transporte, lo que ha supuesto “una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos”.

El auto recoge la explicación facilitada por el Gobierno sobre el motivo del apagón y que ha atribuido a la pérdida “de forma súbita” durante 5 segundos de 15 GW de la energía que se estaba produciendo en ese momento, lo que equivale al 60 por ciento de la luz que se estaba consumiendo, siendo “algo que no había ocurrido jamás”.

Calama indica que, si bien en este momento la causa de los hechos resulta desconocida, “el ciberterrorismo se encuentra entre unas de las posibles”. Por tanto, resulta necesaria, a su juicio, la apertura de una investigación judicial.

Explica en este sentido que conforme al artículo 573 del Código Penal los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea desestabilizar gravemente el orden constitucional o el funcionamiento de los servicios esenciales.

El instructor, en su resolución, examina la legislación nacional y europea en materia de protección de infraestructuras críticas y lucha contra el ciberterrorismo y que, en el caso de España, llevó al legislador a introducir en el Código Penal este fenómeno dentro de los delitos de terrorismo.

En concreto, en el artículo 573.2 en el que inicialmente encajarían los hechos “en el caso de que su origen hubiera estado auspiciado en la forma y con alguna de las finalidades descritas en dicho tipo penal”.

No obstante, y a la espera del resultado de esta investigación, por el momento Red Eléctrica ha descartado que el apagón haya sido motivado por un incidente de ciberseguridad en sus instalaciones y apunta a dos pérdidas de generación independientes previas al corte de suministro.

Tras analizar el apagón y, según conclusiones aún preliminares, Red Eléctrica concluye que “efectivamente no ha habido ningún tipo de intrusión en los sistemas de control que pudieran haber ocasionado el incidente”.

Para explicar su decisión, el magistrado alude en el auto al informe sobre Ciberamenazas del Centro Criptológico Nacional, de 2017, que afirmaba que el mayor peligro es el ataque con origen en estados extranjeros.

Así ocurrió, recuerda, en el caso de los ciberataques a compañías de electricidad de Ucrania que, en 2016 ocasionaron un apagón, provocando que millones de personas se quedaran sin energía eléctrica.

Expone además el juez que la Estrategia Nacional de Ciberseguridad, aprobada en 2019 por el Consejo de Seguridad Nacional, se refiere a la cibercriminalidad como el conjunto de actividades ilícitas cometidas en el ciberespacio que tienen por objeto los sistemas informáticos o cualesquiera otros bienes jurídicos, siempre que en su planificación y ejecución resulte determinante la utilización de herramientas tecnológicas.

En función de la naturaleza del hecho punible, de la autoría, de su motivación, o de los daños infligidos, se podrá hablar así de ciberterrorismo, de ciberdelito, o en su caso, de hacktivismo, añade.

Los grupos terroristas, advierte, tratan de aprovechar las vulnerabilidades del ciberespacio para realizar ciberataques e “íntimamente relacionado con ello, se halla la amenaza contra las infraestructuras críticas, con la posibilidad cierta de causar un colapso a través de las redes mediante una caída en cadena de los servicios esenciales”.