La caza del lobo deja de estar prohibida desde hoy en el norte del Duero

Un lobo Ibérico en una imagen de archivo. EFE/ J.L.Cereijido

Madrid, 2 abr (EFE).- La caza del lobo deja de estar prohibida desde hoy en el norte del Duero de acuerdo a una disposición incluida en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La norma modifica el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, en la que se mantiene en relación con el lobo solo a las poblaciones al sur del Duero.

La ley sobre prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario incluye otra disposición sobre control de las especies naturales depredadoras en eficiencia del sistema productivo.

De acuerdo al texto, “las medidas de extracción y captura de ejemplares de lobos y, con carácter general de cualquier especie depredadora que tenga un alto impacto en el sistema productivo, se ajustarán a las exigencias previstas para la garantía de la conservación de especies autóctonas silvestres”.

“En particular para aquellas incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, el régimen aplicable será el régimen previsto en el artículo 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad”.

“A estos efectos, las autorizaciones excepcionales, además de por los motivos previstos en el artículo 61.1, podrán justificarse en la eficiencia del sistema productivo”.

Con carácter previo a su remisión a la Comisión Europea, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, a propuesta de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, aprobará los informes sexenales previstos en el artículo 17 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

La norma incluye además una disposición transitoria única sobre adaptación a la normativa europea sobre las poblaciones del lobo al sur del Duero.

La modificación del régimen de protección de dichas poblaciones en los anexos de la directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992 “relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres que suponga su incorporación en el Anexo de especies animales y vegetales de interés comunitario, cuya recogida en la naturaleza y cuya explotación pueden ser objeto de medidas de gestión, determinará la automática modificación del Real Decreto 139/2011”.