La Comunidad de Madrid recurre ante el TS el decreto del reparto de menores extranjeros

Un cayuco en el puerto de El Hierro (Islas Canarias). EFE/Gelmert Finol

Madrid, 31 jul (EFE).- La Comunidad de Madrid ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España el pasado martes 22 de julio que desarrolla el reparto forzoso de menores no acompañados desde Canarias.

En concreto, los servicios jurídicos de la Administración regional han recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto 658/2025, que regula la reubicación de estos menores en situaciones de presión migratoria, al considerar que «vulnera competencias autonómicas», según fuentes de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Este texto desarrolla el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo ya impugnado ante el Tribunal Constitucional por once comunidades autónomas, entre ellas la Comunidad de Madrid, «por invadir competencias exclusivas en protección de menores y asistencia social, por falta de justificación de urgencia y por utilizar un instrumento inadecuado para regular materias reservadas a leyes orgánicas».

En paralelo, la Comunidad de Madrid ha exigido al Gobierno de España, a través de diversas vías, la remisión urgente de la información utilizada para elaborar «el reparto forzoso» de menores no acompañados entre las distintas regiones, salvo País Vasco y Cataluña, al considerarlo «arbitrario, opaco y discriminatorio, y diseñado para penalizar a las comunidades gobernadas por el Partido Popular y beneficiar a los socios nacionalistas del Gobierno central».

Se han dirigido requerimientos a la Secretaría de la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, al Ministerio de Juventud e Infancia y al Ministerio del Interior.

Entre la información solicitada, destacan los datos actualizados del Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) por comunidad autónoma desde 2023; los indicadores utilizados por el Gobierno para el cálculo del reparto; la fórmula de ponderación aplicada a cada uno de los criterios del artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000; y el motivo técnico-jurídico por el cual se asignan 647 menores a Madrid y ninguno a Cataluña o País Vasco.

También se ha solicitado acceso a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo y todos los informes jurídicos, técnicos y presupuestarios emitidos durante la tramitación del Real Decreto 658/2025.