La Fiscalía desaconseja acudir a la Justicia europea en el caso de los ERE

Los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves (d) y José Antonio Griñán (i), en una imagen de archivo.EFE/Raúl Caro ***POOL***

Sevilla, 2 abr (EFE).- La Fiscalía Anticorrupción ha desaconsejado a la Audiencia de Sevilla acudir a la Justicia europea después de que este tribunal provincial consultara a las partes del caso ERE de Andalucía sobre el planteamiento de una cuestión prejudicial a raíz del amparo concedido por el Constitucional a los principales condenados.

En el escrito presentado ante la Sección Primera por los fiscales delegados en Sevilla de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, al que ha tenido acceso EFE este miércoles, trasladan que en este caso puede resolver sus dudas conforme al derecho interno y que la corte española de garantías “no se ha extralimitado al anular una resolución judicial”.

Este pronunciamiento de la Fiscalía se produce después de que la Audiencia sevillana cuestionara en una providencia que el amparo concedido por la corte española de garantías (TC) a condenados del caso ERE como los expresidentes de la Junta José Antonio Griñán y Manuel Chaves fuera del todo compatible con el derecho de la Unión Europea.

La Sección Primera pidió por ello opinión a las partes personadas- Fiscalía, acusaciones del PP y Manos Limpias y defensas- sobre si el Constitucional se extralimitó e invadió ámbitos reservados a los jueces, y planteó la posibilidad de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

 ‘El TC no fue irracional ni arbitrario’

Según la Fiscalía, contrariamente a lo afirmado en su providencia por la Audiencia, el Constitucional no ha optado por una “interpretación alternativa” de los delitos de prevaricación y malversación.

La corte española de garantías, aclara, concluyó que la interpretación que los órganos jurisdiccionales hicieron de ambos tipos penales incurre “en una interpretación extensiva” y por tanto vulneró el principio de legalidad.

Por ello, la Fiscalía sostiene que lo que llevó al TC a llegar a dicha conclusión “no resulta irracional y mucho menos arbitrario”.

Respecto a la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE, indica que la duda expresada por la Audiencia “puede ser resuelta con arreglo a las normas del derecho interno sin apreciar incompatibilidad con la normativa comunitaria”.

Además de esta razón que “desaconseja” el planteamiento de una cuestión prejudicial, los fiscales recuerdan que el TC, como intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y que es “competente” para resolver recursos de amparo por violación de derechos y libertades.

“Consideraciones de las que -sin dificultad- se infiere que el Tribunal Constitucional se encuentra perfectamente facultado para controlar si la interpretación y aplicación de las leyes por los órganos jurisdiccionales se adecua a las exigencias del principio de legalidad penal”, sentencian.

También creen que “ninguna duda existe” de que el TC no se extralimitó al anular una resolución judicial y que las conductas objeto del procedimiento “no produjeron afectación a los intereses financieros de la Unión Europea”.

Los representantes de Ministerio Público en Sevilla trasladan ante la Audiencia el informe, de doce páginas, “siguiendo la instrucciones recibidas” de acuerdo a una instrucción de la Fiscalía General del Estado sobre la intervención del fiscal en las cuestiones prejudiciales europeas.

De hecho, fuentes del Ministerio Público ya informaron a EFE de que sería la Fiscalía del Supremo la encargada de fijar criterio sobre la pertinencia o no de plantear la cuestión prejudicial, mientras que otras fuentes consultadas trasladaron por otra parte que la Fiscalía Anticorrupción de Sevilla se habría mostrado previamente a favor de elevar el caso ante la Justicia europea.