Madrid, 10 mar (EFE).- La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que aplique la amnistía al expresident catalán Carles Puigdemont al manifestar que no se emplearon fondos europeos ni hubo enriquecimiento personal, como sostiene el juez Pablo Llarena, quien hizo una interpretación “sorprendente” y “artificiosa” de la norma.
Lo ha hecho en una vista pública para revisar los recursos del expresident y de los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig contra la decisión de Llarena que rechazó perdonarles el delito de malversación y acordó mantener vigentes las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos. A esta tesis se han sumado también la Abogacía del Estado y los letrados de los procesados.
La teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha pedido estimar los recursos. “La norma es clara”, ha dicho la fiscal, que ha acusado a Llarena y a la Sala de hacer un análisis distinto de la malversación de aquel que recogió la sentencia del procés.
En su opinión, “decir que los actos fueron conducidos a obtener un beneficio patrimonial es cuando menos sorprendente” porque “nadie dijo que fuera encaminado” a ello. “No puede defenderse que quienes fueron a la cárcel lo hicieron por enriquecimiento personal”.
Ha arremetido contra la “novedosa interpretación” del Supremo que ha determinado “una errática aplicación de la ley” ya que “ni tan siquiera esa nueva interpretación del alto tribunal se llega a afirmar que el propósito fuera el enriquecimiento personal”, por tanto es un argumento que “no puede ser considerado con seriedad”.
Además, en contra del criterio del juez y de la Sala, “no han sido empleados fondos europeos de la UE”y “no se ha producido merma alguna en el presupuesto europeo”, que era otro de los argumentos para no aplicar la amnistía a los líderes del proces, ya que “los fondos pertenecían exclusivamente a la Generalitat y esto está acreditado”.
El abogado de Puigdemont dice que la amnistía es competencia del TSJC

Gonzalo Boye, letrado de Puigdemont y Comín, ha vuelto a cuestionar que el Supremo sea el tribunal competente para aplicar la amnistía, porque “esta facultad y deber de aplicación de la ley corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y no a la sala segunda del TS” ya que “Puigdemont fue elegido diputado por el TSJC” en las últimas elecciones autonómicas y Comín no dispone del acta de europarlamentario, por tanto, no estarían aforados ante el alto tribunal.
Ha dicho que “a estas alturas no es necesario entrar en un gran debate sobre la aplicación o inaplicación de la ley”, al recordar el voto particular de la magistrada Ana Ferrer quien, a diferencia del resto del tribunal que juzgó el procés, se mostró favorable a aplicar la norma, porque esa era la intención del legislador.
También ha discrepado de que el procés afectara a los intereses financieros de la UE y ha asegurado que “las medidas cautelares (órdenes nacionales de detención) tenían que haber sido levantadas de inmediato, con carácter previo a la aplicación de la amnistía”.
Igualmente, el letrado de la ex secretaria general de ERC Marta Rovira ha cuestionado que el alto tribunal sea competente para aplicar la norma, porque, en su opinión, el Supremo ha dicho hasta en tres ocasiones que la desobediencia, un delito que está “incuestionablemente” incluido en la ley, es competencia del TSJC.
Iñigo Iruin ha respondido así a las alegaciones de Vox, que recurrió la decisión del juez Llarena de declarar amnistiable el delito de desobediencia contra Marta Rovira.
Vox, que ejerce la acusación popular, ha dejado claro que “la ley no es aplicable a los recurrentes”, una norma que en su opinión “vulnera principios fundamentales del Estado de derecho”.
Además, ha respondido a Boye al señalar que venir a cuestionar nuevamente la competencia del Supremo “es cargarse el artículo 71 de la Constitución, el aforamiento y las resoluciones del TJUE”.
Es improbable que el tribunal estime los recursos, puesto que la Sala de lo Penal elevó una cuestión de inconstitucionalidad a la corte de garantías en la que expresan sus dudas sobre la ley de amnistía.
Por eso, en caso de que la sala rechace los recursos, Puigdemont tendrá vía libre para recurrir al Constitucional, que ya ha admitido a trámite los primeros recursos de amparo de condenados por el 1-O a quienes no se les aplicó la amnistía, como el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa.
