Madrid, 24 abr (EFE).- La Fiscalía y la Abogacía del Estado han pedido al Supremo que rechace la demanda de la pareja de Isabel Díaz Ayuso contra la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, por llamarle “defraudador confeso”, porque la cuestión tiene “interés general” y “no nos encontramos ante un simple particular al uso”.
El Supremo ha celebrado este jueves la vista por la demanda del empresario Alberto González Amador contra Montero por presunta intromisión en su honor, por siete declaraciones de la también ministra de Hacienda en las que, entre otras cosas, dijo que la presidenta madrileña podría “estar viviendo en un piso que se pagó con fraude”, en relación a la defraudación fiscal que se le imputa a su pareja. Le reclama 40.000 euros por ello.
Al respecto, la Fiscalía y la Abogacía han coincidido en pedir a la Sala que se rechace la demanda porque existe “interés general” y la pareja de Ayuso tiene “proyección pública”, es decir, “no es un simple ciudadano al uso”.
“¿Hay interés general?” se ha preguntado el fiscal Javier Muñoz, mirando hacia la bancada con una importante presencia de medios. “Ya lo vemos aquí, ya lo veo si hay interés general”, ha destacado.
Así, ha dicho que tiene proyección pública “la quiera o no”, por tanto existe “una restricción al derecho al honor y una ampliación de la libertad de expresión” de la vicepresidenta.
“No nos encontramos en presencia de un particular al uso”, ha dicho el abogado del Estado, que defiende a Montero. “Lo es con carácter general, pero no desde el momento en que participa de un debate político, como consecuencia de que su núcleo más cercano se está refiriendo a la defraudación fiscal y a la vivienda”.
Ha destacado que “se ha colocado de forma consciente en el centro de un debate”, “su entorno le protege” y “se ha incorporado a este debate político” que “él mismo ha generado” cuando su abogado remitió a la fiscalía un correo el 2 de febrero de 2024 reconociendo dos delitos fiscales por parte de González Amador.
Por tanto, “los hechos gozan en su conjunto de interés general” ya que “no estamos en un debate jurídico penal, sino un debate político” porque “la situación de delincuente confeso se ha colocado el propio actor”.
Por su parte, la defensa de Alberto González Amador ha rechazado que éste sea un personaje de interés público, porque “difícilmente se le puede atribuir la condición de personaje público cuando él nunca lo ha buscado”.
“El hecho de que sea pareja sentimental de la presidenta de la Comunidad de Madrid no justifica, en base a un hipotético interés social, que a un ciudadano particular se le tilde de delincuente confeso fiscal, o se le acuse de forma reiterada de haber adquirido su vivienda con fraude a la hacienda pública”, ha dicho.
Ha querido dejar claro que es “absolutamente falso” que González Amador “haya reconocido delito alguno” porque “no hay sentencia firme que así lo declare” y Montero no puede referirse a un ciudadano particular como un culpable sin que exista una sentencia.
Además, el tribunal ha admitido, como documental un correo de la Secretaría de Estado de Comunicación de 3 de diciembre de 2024 remitido por error a los medios con un “argumentario” contra el novio de Ayuso, con el que la letrada de la pareja de Ayuso pretende hacer ver que existe una estrategia concertada de Moncloa y del PSOE contra González Amador.
En su opinión, ese argumentario que se había remitido demuestra que las declaraciones de Montero no son en absoluto manifestaciones espontáneas, si bien la vicepresidenta ya se había referido en términos similares tres días antes.