La jueza confirma la no retirada del pasaporte a David Sánchez

Imagen de archivo (25/04/2025) de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno. EFE/ Jero Morales

Mérida, 11 ago (EFE).- La titular del Juzgado Número 3 de Badajoz, Beatriz Biedma, ha confirmado que no procede la retirada del pasaporte a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, como pedían las acusaciones populares en la causa abierta por su contratación en la Diputación de Badajoz, a la vez que ha asegurado que si este tuviera previsto “fugarse” de la acción de la justicia, «podría haberlo hecho ya».

En su auto firmado el 9 de agosto y al que ha tenido acceso EFE este lunes, la jueza da por «comprobada» la disposición de Sánchez a comparecer ante este juzgado «cada vez que ha sido citado para ello» y para lo cual, su «vinculación» con el extranjero «por el momento no ha sido obstáculo».

De esta forma ratifica su resolución del pasado 28 de julio en la que rechaza la petición de las acusaciones populares, que habían interpuesto un recurso de reforma contra dicho auto, ahora desestimado por la jueza.

En dicho auto, la titular del juzgado de instrucción sí pedía a Sánchez que informase si había cambiado o pensaba cambiar de residencia.

Un requerimiento al que la defensa contestó que, a efectos de notificaciones o de cualquier otra incidencia procesal, se mantiene el que consta en este procedimiento, sito en Elvas (Portugal), y «no tiene previsto variarlo» para vivir en Japón, como argumentó la acusación popular para pedir que se le retirase el pasaporte.

«En ningún momento se ha solicitado medida cautelar que conlleve la limitación de su derecho fundamental a la libertad deambulatoria, que en todo caso ha de tener carácter excepcional», ha expuesto ahora la jueza.

A su juicio, «menos aún procede» la adopción de esta medida cautelar cuando se ha comunicado «oficialmente» al juzgado, por su representación procesal y tras ser requerido para ello, «que el investigado “no ha cambiado de domicilio”, que no tiene previsto variarlo y que si así fuera se pondría en inmediato conocimiento del juzgado o Tribunal que conozca de la causa», recoge la resolución.

Asimismo, la magistrada recuerda que a finales de mayo le fue notificado personalmente a Sánchez por el Juzgado de Badajoz el auto de apertura de juicio oral, «siendo muy significativo lo anterior, pues, no trabajando ya en esta localidad, si tuviera previsto “fugarse” de la acción de la justicia, podría haberlo hecho ya desde ese momento, cuando sus circunstancias personales alegadas por la otra parte (familia cercana de origen japonés) serían similares a las presentes».

La propia defensa de David Sánchez impugnó el pasado 7 de agosto el recurso de las acusaciones populares contra la decisión de la jueza de no retirarle el pasaporte.

En las alegaciones presentadas al recurso, la defensa expresó que éste se plantea “de manera escueta, breve, y puede decirse hasta lacónica, fundándose únicamente en una interpretación absolutamente subjetiva y libérrima de lo manifestado por esta parte procesal en su escrito de 31 del pasado julio”, en el que comunicaba que no había cambiado su residencia de Elvas, el cual dio por bueno la jueza, y por tanto no procedió a retirar el pasaporte a David Sánchez.