Burgos, 1 ago (EFE).- La jueza de Primera Instancia e Instrucción de Briviesca (Burgos) ha dado la razón a la Iglesia católica en su demanda de desahucio contra las exmonjas de Belorado y las condena a abandonar el monasterio, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.
La jueza indica que las ocho exmonjas deberán desalojar el monasterio, dejarlo «libre y expedito y a disposición» del Arzobispado de Burgos «con apercibimiento de lanzamiento si no lo hacen voluntariamente».
La sentencia no establece un plazo para que las exmonjas abandonen el convento, aunque la jueza ya determinó en el auto de señalamiento de la vista oral el 12 de septiembre como fecha del desahucio.
Sin embargo, esta fecha está en el aire ya que la representación legal de las religiosas ya ha anunciado que recurrirá esta sentencia en la Audiencia de Burgos para lo que dispone de 20 días hábiles a partir de la notificación. De este modo, el proceso previsiblemente se dilatará en el tiempo ya que agosto es un mes inhábil judicialmente.
Además, la sentencia condena a costas a las ocho demandadas, quedando excluida una novena religiosa que se ha allanado al procedimiento dado que ya no reside en el convento desde hace meses, al igual que la décima excomulgada que abandonó Belorado el verano pasado, pocos meses después del cisma.
Desde el Arzobispado de Burgos han recordado en una nota de prensa que las cinco monjas mayores que siguen en el convento y que no fueron excomulgadas en junio de 2024 dado que no secundaron el cisma constituyen la legítima comunidad monástica de Santa Clara.
Falta de justificación de propiedad o uso legítimo
En la sentencia, que se ha dictado dos días después de celebrarse el juicio, la jueza estima íntegramente la demanda presentada por el Arzobispado después que las exmonjas no hayan demostrado ni la propiedad ni el uso legítimo del monasterio, como sí lo ha hecho la Iglesia católica, según la jueza.
La sentencia recoge explícitamente que el Arzobispado ha acreditado documentalmente la propiedad con el certificado del Registro de la Propiedad de Belorado y el certificado del catastro, pero «la parte demandada -las exmonjas- no ha demostrado que reúna título alguno que justifique y legitime el uso del inmueble frente a su titular».
La separación de la Iglesia católica es «integral»
Además, apunta que «la separación de la Iglesia católica es integral, de tal manera que no cabe distinguir entre separarse de aquella y no hacerlo de la propia entidad conventual, fundada por la misma con arreglo al Derecho Canónico».
Y afirma que las ocho exmonjas «no están sometidas al ámbito de aplicación del Derecho Canónico» desde el 8 de mayo de 2024, cuando firmaron el manifiesto de abandono de la Iglesia conciliar, por lo que «sus reuniones pasan a ser meras asambleas o reuniones de personas que conviven en una determinada comunidad».
De este modo, considera «nulos de pleno derecho» los acuerdos a los que las exmonjas apelan de transformación de las entidades religiosas en asociaciones civiles pues carecen de legitimación para hacerlo, ya que «quien no es parte de la Iglesia católica, porque ha renunciado a serlo, no puede actuar como tal ni pretender seguir representado a una entidad eclesial al amparo de un Derecho (el Canónico) que ya no le es de aplicación».
Las exmonjas: tranquilas y a la espera de próximos pasos
Por su parte, el abogado de las exmonjas, Florentino Aláez, ha afirmado que «la comunidad mantiene la calma y asegura que no todo está perdido», y está a la espera de decidir sus próximos pasos.
Ha asegurado que la sentencia carece de fundamentación y ha lamentado que «no entre en el debate» sobre si el arzobispo de Burgos, como comisario pontificio nombrado por la Santa Sede, tiene o no la capacidad de representar al Monasterio de Belorado.
«No se puede obviar el problema porque si carece de ese poder, cómo va a desahuciar a alguien», ha apuntado, al tiempo que lamenta que solo reconozca la libertad religiosa como un derecho a de las personas físicas, y no de las jurídicas, uno de los argumentos esgrimidos por las exmonjas para quedarse en Belorado.
La defensa confía en que la sentencia no se ejecute hasta que no se haya pronunciado la Audiencia Provincial sobre la apelación que van a presentar.