La jueza de la dana apremia a À Punt para que entregue la grabación del Cecopi del 29-O
València, 30 sep (EFE).- La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana ha dado un plazo de un día a la dirección de la radiotelevisión pública autonómica À Punt para que alegue «sobre las causas a las que obedece el retraso en la entrega de las grabaciones de imagen y sonido de la reunión del Cecopi» que se requirieron por el juzgado. La instructora ha dictado este martes tres autos y una providencia, en los que entre otras disposiciones deniega de nuevo la petición efectuada por la acusación popular que ejerce el partido político Valores de citar a declarar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, como investigado, después de su reciente comparecencia como testigo. La jueza pidió las grabaciones a À Punt hace 11 días La decisión de la jueza de Catarroja de dar ese plazo de un día a À Punt para que explique el porqué de ese retraso en entregar la grabación llega después de que, el pasado 19 de septiembre, le reclamara -al igual que a Emergencias de la Generalitat y la productora contratada para grabar la reunión del Cecopi de la tarde del 29 de octubre- que aportase a la causa todo el material, tanto imagen como sonido, que grabaron. La instructora se hacía eco en su auto de aquel día a unas recientes declaraciones del conseller de Emergencias, Juan Carlos Valderrama, en las que «alude a la voluntad de facilitar» las referidas grabaciones; igualmente, varias acusaciones instaron a la instructora a requerir de forma oficial las citadas imágenes a la productora contratada por Emergencias aquella jornada. La jueza recordaba que ya solicitó documentación, grabación o acta de la reunión del Cecopi y que desde Emergencias, el pasado mes de marzo, se respondió que «no se levantan actas ni se graban las sesiones», motivo por el cual «no constaba soporte documental alguno». Polo no era «garante» de la seguridad En otro auto dictado este martes, la jueza Nuria Ruiz Tobarra justifica la improcedencia de la declaración como investigado de Polo en que este no tiene la «condición de garante» de la seguridad. «La posición de garante se ha de atribuir respecto a la posibilidad de alertar a la población al objeto de que adopte medidas de autoprotección en los distintos niveles de la emergencia, y ello, ha de recalcarse, no corresponde a la CHJ, sino a la Administración Autonómica, con competencias en protección civil», subraya la instructora, que apunta que correspondía a los gestores de la emergencia el control de los barrancos. En este punto se refiere a las imágenes del Cecopi en las que se escucha a la exconsellera Salomé Pradas, a las 18:59 horas, dar instrucciones sobre el mensaje Es-Alert que se envió a las 20:11. «Si en ese momento ya se estaba discutiendo el envío de dicho mensaje y se envió finalmente a las 20:11 horas, resulta completamente absurda la contumaz insistencia en la atribución de responsabilidad a la CHJ, a la Aemet, e incluso a la delegada del Gobierno», remarca la jueza de Catarroja. «No se puede argumentar, con el volumen de información de que se disponía cuanto menos desde la mañana, un desconocimiento de la situación. Se está defendiendo un sistema de análisis de información y de control del riesgo tan absurdo como defender que un juez de Violencia de Género no supiera lo que es el SIRAJ, o leer la hoja de antecedentes penales y de medidas cautelares, afirmara desconocer el sistema Viogen, o que no sabe que se puede adoptar una orden de protección, o que un controlador aéreo no sepa leer la pantalla del radar», añade. Por todo ello, la jueza considera que «el envío de mensajes a la población al objeto de que adoptara medidas de autoprotección era esencial para salvar sus vidas. Las víctimas desconocían que corrían un altísimo riesgo por usar su coche, bajar al garaje, estar en la vía pública o incluso por el simple hecho de permanecer en su domicilio en planta baja. Víctimas que perecieron de forma terrible».