La jueza ordena cumplir la sentencia de Sijena y obliga a devolver las pinturas en 7 meses

Pinturas murales de la sala capitular de Sijena en el MNAC. EFE/ Marta Pérez

Zaragoza, 24 jul (EFE).- La jueza Rocío Pilar Vargas, magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca, ha dictado la orden de ejecución definitiva de la sentencia que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a devolver las pinturas murales del Monasterio de Sijena y establece un plazo de siete meses.

En concreto, la jueza establece en la sentencia que en siete meses, tal y como había planteado el Gobierno de Aragón, se cumpla esta orden o que, en su defecto, el MNAC aporte en el plazo de diez días un cronograma alternativo para la devolución, en cuyo caso se resolverá sobre ello.

La magistrada oscense ordena por tanto la ejecución definitiva de la sentencia firme de julio de 2016 que confirmó íntegramente en mayo de 2025 el Tribunal Supremo.

En su auto, la jueza reconoce que esta es una ejecución especialmente compleja, cuyo cumplimiento inmediato «no es posible» dada la naturaleza y el valor patrimonial de las pinturas que deben de ser devueltas, y que por eso se requieren unos plazos determinados para las operaciones de desmontaje, embalaje y traslado de las piezas.

La magistrada atiende en este punto la petición del Gobierno de Aragón y acepta el plazo de siete meses que planteó el ejecutivo autonómico, aunque ofrece la posibilidad al MNAC de presentar su propio cronograma alternativo, en diez días.

Aunque el Gobierno de Aragón había solicitado la imposición de multas al MNAC de 5.000 euros por cada día de retraso, la jueza ha decidido no imponerlas por ahora, aunque no descarta hacerlo más adelante.

La resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno, aunque el MNAC tiene diez días para oponerse en el caso de que demuestre que ya ha cumplido con lo que se le ordena o que el procedimiento adolece de errores procesales.

La resolución se acompaña de un decreto de medidas ejecutivas que establece que el MNAC debe permitir «de manera inmediata» la entrada de los técnicos designados por el Gobierno de Aragón a las salas 16 y 17, donde están expuestas las pinturas murales que deben ser restituidas al Monasterio de Sijena.

El decreto de medidas precisa que el acceso se deberá producir durante todo el tiempo que los técnicos del Gobierno de Aragón requieran y con todos los medios auxiliares que ellos determinen como necesarios, y con ambas salas cerradas al público.

Este acceso, tanto a las propias pinturas y a su sistema de montaje expositivo actual, incluirá también la entrega de toda la documentación vinculada con ellas y conservada en los archivos del MNAC, con el fin de garantizar la recepción de las pinturas con todas las garantías de conservación y seguridad.

El museo permitirá también el acceso a todos los datos sobre las condiciones de temperatura y humedad relativa de estas salas y de aquellas otras en las que los fragmentos hayan estado expuestos con anterioridad desde su ingreso en el MNAC.

Como primer paso, se establece que los técnicos del Gobierno de Aragón harán un levantamiento fotogramétrico (técnica de escaneo visual en 3D) de las salas y las obras.

Contra este decreto de medidas cabe interponer un recurso directo de revisión, pero sin efecto suspensivo, en el plazo de cinco días.