La Justicia da luz verde a la eutanasia de la joven que su padre paralizó hace un año

Detalle de la puñeta de la toga de un juez. EFE/Chema Moya POOL

Barcelona, 19 sep (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado la decisión de una jueza de Barcelona de autorizar la eutanasia de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia cuyo padre paralizó in extremis su muerte asistida hace un año con un recurso en los tribunales.

En su resolución, a la que ha tenido acceso EFE, el alto tribunal catalán desestima el recurso del padre de la joven, representado en los tribunales por la asociación ultracatólica Abogados Cristianos, y acuerda permitir la eutanasia de Noelia, aunque reconoce que su familia tiene derecho a acudir a la justicia para tratar de impedir su muerte digna.

El fallo del TSJC puede ser recurrido aún ante el Tribunal Supremo -lo que Abogados Cristianos ya ha anunciado que hará-, que de esa forma podría pronunciarse también, por primera vez, sobre si los familiares de una persona que pide la eutanasia están legitimados a frenarla en los tribunales, según fuentes jurídicas.

Con su resolución, el TSJC ratifica la decisión de la titular del Juzgado de lo Contencioso número 12 de Barcelona, que, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, avaló la decisión de la Comisión de Evaluación y Garantía de la Generalitat que autorizaba la eutanasia de Noelia, al concluir que es fruto de una decisión autónoma de la joven y que esta reúne los requisitos legales para la muerte asistida.

El padre de Noelia, quien desde hace años no vive con su familia y actualmente reside en un centro sociosanitario, logró frenar «in extremis» la eutanasia de la joven, que estaba prevista para agosto de 2024, a través de un recurso ante los tribunales en el que argumentaba que su hija sufre un trastorno límite de personalidad que le impide decidir libremente sobre su vida.

No aprecia «falta de capacidad» de Noelia

En su sentencia, la sección tercera de la sala contenciosa administrativa del TSJC avala la eutanasia para Noelia al concluir que en el proceso judicial no se ha constatado su «falta de capacidad» para desestimar su petición de muerte asistida.

Asimismo, resalta que Noelia se ha mantenido firme en su decisión de solicitar la eutanasia desde abril de 2024, sin que esta posición quede «desvirtuada» por una carta manuscrita «de contornos no aclarados del todo en cuanto a su origen» en que mostraba sus dudas y que, según declaró la chica en el juicio, escribió tras una noche de insomnio y «al dictado» de dos jóvenes de entornos católicos.

El TSJC subraya que Noelia renegó de la carta, por lo que determina que no puede ser apreciada «como un cambio de opinión admisible formalmente en su voluntad de oponerse a la eutanasia».

No ve «indefensión» en el proceso administrativo

En su sentencia, el alto tribunal ve «sorprendente y censurable» la «irregularidad procedimental» que supone que los autores del informe que avaló la eutanasia reconocieran que fingieron un desacuerdo que no era tal para forzar la intervención de la Comisión de Garantía  -un órgano más amplio y que ofrece mayor seguridad-.

Además, el TSJC afirma que le causa «rubor» que algunos técnicos declaran en el juicio que estas prácticas «contrarias a la ley» resultan «habituales».

Sin embargo, admite que ello no interfiere en el aval administrativo a la eutanasia, ya que no se ha producido «limitación alguna de las garantías, ni mucho menos, indefensión» para la joven.

Los familiares, legitimados a recurrir

A diferencia de la magistrada que juzgó el caso, el TSJC sostiene que los familiares de una persona que solicita la eutanasia sí están legitimados a recurrir a la justicia para impedirla, pese a que se trate de un interés «que puede incluso entrar en aparente colisión con las preferencias exteriorizadas», en este caso por la hija.

Ello no supone, aclara el TSJC, que «necesariamente» el interés legítimo de los progenitores se imponga al de la hija.

«Reconocer la legitimación de los padres de una persona que pide poner fin a su vida para impugnar judicialmente la resolución que acuerda ayudarle a ello, cuando entienda que no se han seguido las exigencias más elementales del procedimiento legal, no supone en modo alguno, como consecuencia necesaria, que la decisión jurisdiccional vaya a ser estimatoria de esa impugnación», aclara el TSJC.

Postergar la eutanasia genera «insatisfacción»

El tribunal admite que la actuación judicial de los familiares podría retrasar la ejecución del acuerdo de eutanasia, como está ocurriendo con el caso de Noelia.

«Somos conscientes de que la mencionada postergación de la ejecución de una resolución administrativa positiva respecto de la eutanasia puede generar insatisfacción en la persona que la ha solicitado», reconocen, ya que «dada la irreversibilidad» de la muerte asistida es probable que se suspenda cautelarmente hasta finalizar el proceso judicial.

Pero alega que no es un efecto que puedan evitar los juzgados, sino que procede de la «inexistencia de ninguna singularidad en la regulación de la materia».

El TSJC ya resolvió en abril pasado, en relación con el caso de un hombre de 54 años cuya eutanasia también logró paralizar su padre en los tribunales, que los progenitores están legitimados a oponerse a la muerte asistida de un hijo incluso cuando no tengan relación.