LaLiga recurrirá la resolución de CSD sobre la inscripción de Dani Olmo y Pau Víctor

Los jugadores del FC Barcelona Dani Olmo (d) y Pau Víctor. EFE/Mariscal

Madrid, 3 abr (EFE).- LaLiga, ‘patronal’ del fútbol español, anunció que recurrirá de forma inmediata ante la justicia ordinaria la resolución del Consejo Superior de Deportes (CSD) a favor del Barcelona y sus jugadores Dani Olmo y Pau Víctor, que mantiene la inscripción de ambos, al entender que no es conforme a derecho.

En un comunicado LaLiga reiteró “su compromiso con la legalidad, la equidad competitiva y la aplicación objetiva de la normativa en materia de control económico e inscripción de jugadores” y aseguró “La denegación del visado previo para la renovación de las licencias o para su nueva inscripción es un acto que resulta de la aplicación automática de las normas de inscripción de jugadores.

“Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del Convenio de la Federación Española de Fútbol (RFEF)-LaLiga, el pasado 4 de enero de 2025, se limitaron a constatar la imposibilidad legal de tramitar nuevas licencias, ratificando, así, la aplicación literal del reglamento federativo”, explicó.

También precisó que con el acuerdo de esta comisión “no se sustituyeron las decisiones que habían sido previamente adoptadas por los órganos competentes de LaLiga y la RFEF” y que confirmó “el rechazo al visado previo que se efectuó a través del sistema LALIGA Manager, así como el criterio de la asesoría jurídica de la RFEF manifestado el 31 de diciembre de 2024 en relación con las nuevas altas de jugadores”.

El procedimiento para la inscripción incluye cuatro pasos, desde la solicitud de alta en el sistema LaLiga Manager, momento en el que el club debe contar con saldo de inscripción suficiente según las Normas de Elaboración del Presupuesto (NEO), hasta la concesión del visado por LaLiga para que el futbolista pueda competir, tras la validación por parte del Área de Competiciones que el Barça no logró en este caso.

“El CSD no menciona qué órgano de la RFEF o LaLiga sería competente en materia de visados previos y licencias”

“Las licencias de los dos jugadores expiraron de forma automática el día 31 de diciembre de 2024, al finalizar la duración de las mismas, pactada entre los Jugadores y el Club. Por tanto, en ningún caso es exigible un acto federativo de cancelación de las mismas”,

 LaLiga aseguró también que “la competencia del CSD en materia de licencias se limita a la revisión de actos de expedición o de denegación de las mismas, pero no a su cancelación ni a su extensión (art. 116.3.a y 117 LD) como sucede en el presente caso”.

Igualmente sostuvo que la resolución del CSD ignora la consolidada doctrina administrativa y judicial según la cual “la nulidad de pleno derecho debe ser manifiesta, por encontrarse la competencia expresamente encomendada a otro órgano (o a ninguno) y que no se da, cuando exista la necesidad de una previa interpretación jurídica para determinarla, ni cuando la normativa de aplicación no concreta a qué órgano corresponde la competencia”.

“La legislación deportiva no atribuye la competencia en materia de visados previos y emisión de licencias a ningún órgano de las ligas profesionales y de las federaciones deportivas españolas y en la resolución del CSD no se realiza ni una sola mención a qué órgano interno de LALIGA o de la RFEF sería el competente, por lo que no puede concurrir una “incompetencia manifiesta” de la que se derive la nulidad de pleno derecho”, agregó.

LaLiga insistió en que su actuación y la de la RFEF “se ha limitado a la aplicación objetiva y literal de la normativa de aplicación a través de los órganos internos que tienen atribuidas dichas competencias y que vienen ejerciéndola de forma pacífica y consolidada en el tiempo” y cuestionó el tiempo que ha tardado el CSD, casi tres meses, en emitir su resolución.

Un tiempo que agota el plazo máximo legal sin que el CSD haya resuelto la petición que LaLiga hizo el 22 de enero para el alzamiento urgente de la medida cautelar que el propio CSD adoptó el 8 de enero, sin audiencia previa de LaLiga y la RFEF, lo que “vulnera los principios de contradicción y defensa”.

“Dichas medidas fueron adoptadas sin concurrir los presupuestos legales y garantías procesales, afectando con ello a la integridad de la competición” y contravienen, según LaLiga, la doctrina del Juzgado de lo mercantil nº10 de Barcelona y del Juzgado de Primera Instancia nº47 de Barcelona que se pronunciaron sobre el caso en diciembre.

El organismo que preside José Manuel Rodríguez Uribes estimó hoy definitivamente el recurso del Barcelona, al considerar que la comisión de la RFEF y de LaLiga no es competente para decidir acerca del visado previo y de la licencia solicitada por el Barça, por lo que ha estimado su acuerdo nulo de pleno derecho, aunque no ha entrado a valorar el control económico ejercido por LaLiga.