Las defensas alegan la nulidad y la prescripción de los hechos en el caso Eólicas

Rafael Delgado (i-d) y los hermanos Alberto y Francisco Esgueva se sientan en el banquillo de los acusados en el juicio de la conocida como “trama eólica en Castilla y León, que se inicia este lunes en Valladolid con la exposición de las cuestiones previas de las partes. La trama eólica es un supuesto caso de corrupción en el que están acusadas quince personas entre exaltos cargos del Ejecutivo autonómico y empresarios. EFE/Nacho Gallego

Valladolid, 15 sep (EFE).- La mayor parte de las defensas que han planteado este lunes por la mañana sus cuestiones previas en el juicio del conocido como caso Eólicas por supuesta corrupción en la adjudicación de parques eólicos en Castilla y León, han alegado nulidad de actuaciones por la doctrina del fruto del árbol envenenado y prescripción de los hechos.

El empresario Francisco Esgueva (i), a su llegada al juicio de la conocida como trama eólica en Castilla y León, que se inicia este lunes en Valladolid con la exposición de las cuestiones previas de las partes. La trama eólica es un supuesto caso de corrupción en el que están acusadas quince personas entre exaltos cargos del Ejecutivo autonómico y empresarios. EFE/Nacho Gallego

La vista oral, en la que se juzga a una quincena de personas entre exaltos cargos de la Junta de Castilla y León y empresarios, se centra en determinar si existieron actuaciones corruptas en los procesos de adjudicación de parques eólicos en esta Comunidad.

El constructor Patricio Llorente, a su llegada al juicio de la conocida como “trama eólica en Castilla y León, que se inicia este lunes en Valladolid con la exposición de las cuestiones previas de las partes. La trama eólica es un supuesto caso de corrupción en el que están acusadas quince personas entre exaltos cargos del Ejecutivo autonómico y empresarios. EFE/Nacho Gallego

Uno de los argumentos de las defensas es que las actuaciones deben considerarse nulas en función de la doctrina del fruto del árbol envenenado (toda prueba obtenida de manera ilícita o derivada de una prueba ilícita debe ser declarada nula y excluida del proceso penal).

Alegan que el origen del caso es un informe del servicio territorial de la Agencia Tributaria de Valladolid iniciado en diciembre de 2012 o antes y del que, durante su tramitación, no se dio conocimiento por parte de los interesados.

«Existe una relación directa, envenenada», entre el informe tributario y el posterior desarrollo de la investigación, ha subrayado uno de los abogados.

Respecto a la posible prescripción de los hecho que se juzgan en la Audiencia Provincial de Valladolid, las defensas han recordado la querella fue interpuesta por la Fiscalía en abril de 2017 y los expedientes administrativos del caso se tramitaron entre 2004 y 2007.

En la sesión de este lunes, el tribunal ha excluido de la causa esta jornada a uno de los encausados, el empresario Carlos Galdón, después de que las acusaciones particulares retiraran los cargos contra él -la Fiscalía y la Abogacía del Estado no habían presentado acusación contra este procesado-, aunque si se le escuchará como testigo.

En el juicio, además del fiscal y la abogacía del Estado, figuran cinco acusaciones particulares y una acción popular, ejercida por Ecologistas en Acción, además de catorce letrados defensores.

Las acusaciones contra los encausados se centran en un supuesto caso de corrupción con un sistema establecido para retirar a los servicios territoriales de Industria la capacidad de autorizar parques eólicos y concentrar la decisión en la Viceconsejería, de la que se ocupaba en el momento de los hechos uno de los procesados, Rafael Delgado. EFE

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