Las discotecas de Murcia no estaban bien aisladas para frenar el fuego, según un informe

Agentes de la Policía Judicial acceden a la discoteca Fonda Milagros en una imagen de archivo. EFE/Juan Carlos Caval

Murcia, 27 mar (EFE).- Las discotecas incendiadas en Murcia en 2023 en las que fallecieron 13 personas no estaban correctamente compartimentadas para evitar la propagación del fuego de una sala a la otra, y tampoco cumplían con las distancias máximas de los recorridos de evacuación, según un informe pericial solicitado por la juez que instruye el caso.

El informe, al que ha tenido acceso EFE, fue elaborado por una perito-arquitecto a petición de la instructora para determinar cuáles eran las medidas de seguridad contra incendios y evacuación que debían cumplirse en la nave donde estaban ubicadas las discotecas.

El documento considera probado que “existían en la edificación siniestrada dos establecimientos (discotecas Teatre y Fonda Milagros)” que, aunque tenían una única licencia de actividad, eran dos negocios diferentes, “regentados por dos titulares diferentes” y que realizaban “de forma independiente el mantenimiento de sus instalaciones de protección contra incendios”.

Al ser dos negocios distintos, las dos discotecas debían haberse constituido como “sectores de incendio diferenciados”, con una separación compartimentada y con paredes con un nivel de resistencia al fuego denominado EI90, una clasificación utilizada en construcción que indica que la pared que divide cada sector ofrece hasta 90 minutos de aislamiento e integridad, de manera que el fuego tardaría 90 minutos en pasar de un sector a otro.

La perito indica que la pared trasera de la nave y las medianerías sí tenían acreditada esa clasificación, pero no la fachada principal, y tampoco la separación horizontal de los dos locales ni la cubierta de los mismos.

Además, el informe señala que “existían instalaciones de climatización que cruzaban de un establecimiento al otro”, por lo que tampoco estaban compartimentados correctamente los espacios ocultos y pasos de instalaciones.

En cuanto a las puertas ubicadas en la pared que separaba los dos locales, el informe constata que “no contaban con dispositivos de accionamiento antipánico para la evacuación” y señala que no se puede determinar si eran puertas cortafuegos, puesto que no existe ningún tipo de documentación que así lo avale.

Por lo tanto, concluye la perito, “ninguno de los establecimientos contaba con las condiciones de compartimentación requeridas a efectos de seguridad contra el incendio”.

Sobre los materiales que se usaron como revestimientos de paredes, suelos y techos de las dos discotecas, el informe señala que no existe ninguna documentación sobre su resistencia al fuego, si bien recuerda que “existe evidencia clara de que estos materiales se convirtieron en una gran carga de fuego, produciendo humos densos y opacos”.

En cuanto a los recorridos de evacuación de las salas, la perito es tajante al afirmar que en el caso de Fonda Milagros, donde fallecieron las trece víctimas, sobrepasaban las distancias máximas fijadas por ley, tanto considerando los locales como dos unidades separadas, como tomando la nave en su conjunto.