Madrid, 11 sep (EFE).- La Audiencia Nacional ha decretado para el 30 de septiembre la entrada en prisión de las dos españolas casadas con yihadistas y que fueron repatriadas de Siria con sus hijos en enero de 2023 para cumplir la condena de tres años de cárcel que les fue impuesta por un delito de integración en la organización terrorista Dáesh.
A través de una providencia del servicio de ejecutorias de la Audiencia Nacional, de la que ha tenido conocimiento EFE este jueves, la Sala de vacaciones estableció a finales de agosto dicha fecha para la entrada en prisión bajo el apercibimiento que, de no acatarse lo acordado, «se darán las órdenes oportunas de detención e ingreso en prisión».
Según las fuentes consultadas por EFE, tras notificarse la sentencia, que ya es firme al ser fruto de un acuerdo de conformidad y haberse comprometido las acusadas a no recurrirla, la defensa pidió a la Sala retrasar el ingreso en prisión -en principio prevista para julio- y suspender la ejecución de la pena, lo que unicamente sería posible para las condenas que no superan los dos años de cárcel.
Las dos mujeres, Yolanda Martínez y Luna Fernández, fueron condenadas a finales de abril por la Audiencia Nacional por haberse desplazado «voluntariamente» con sus maridos para incorporarse al extinto Estado Islámico.
A cambio de que admitieran los hechos, la Fiscalía y la acusación popular, ejercida por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), les aplicaron la atenuante de confesión tardía y rebajaron a esos tres años de cárcel sus peticiones iniciales de prisión (seis años en el caso del Ministerio Público y 8 años en el de la AVT).
Además de la citada pena de prisión, las dos acusadas aceptaron ser condenadas a cinco años de libertad vigilada y a someterse a un programa de desradicalización terrorista, así como a una pena de inhabilitacion absoluta y otra inhabilitación especial para ejercer profesión u oficio educativo durante siete años.
Tras ser repatriadas desde Siria, las dos estuvieron en prisión provisional desde el 10 de enero de 2023 hasta el pasado 23 de septiembre, cuando se rechazó prorrogarles dos años más la prisión preventiva, con lo que al cumplimiento de la pena de cárcel habrá que descontar esos meses.
Una vez en prisión podrían solicitar que se les conceda de forma directa el tercer grado penitenciario o la semilibertad, decisión que ya correspondería al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal en el que se basa la condena, ambas mostraron siempre «su voluntad de ser miembros del Dáesh», y solo «la completa pérdida de control territorial» en Siria e Irak, así como las condiciones de vida en el campo de acogida de Al Hawl, en el este de Siria, en el que vivían con sus hijos, fue el motivo de que quisieran «ser repatriadas a España».
Ambas además tuvieron «un papel destacado» dentro del grupo de las mujeres de los integrantes de la Brigada Al Andalus», una célula terrorista liderada por un marroquí que estuvo preso en Guantánamo, Lahcen Ikassrien, que se dedicaba a reclutar yihadistas en Madrid en el entorno de la mezquita de la M-30 para enviarlos a Siria o Irak.
Con estos antecedentes, las dos viajaron a Siria con sus maridos «con la plena voluntad de formar parte» del Dáesh y la finalidad de poner a su disposición «toda su capacidad en las funciones que la propia organización les asignara, por muy básicas que fueran éstas».
«Una ayudaba y soportaba la actividad de su esposo, miembro de un tribunal yihadista dentro del Estado Islámico, la otra ayudaba y soportaba la actividad de su esposo, combatiente en las filas del Dáesh».
En cuanto a su papel como madres, el fiscal se remite al informe pericial a los trece menores a cargo de ambas y que fueron repatriados junto a ellas.
«Desde una edad muy temprana los menores se han desarrollado en un entorno altamente ideologizado en el que se realizaba una interpretación extremista y rigorista de la fe islámica», decía ese informe.