Los candidatos que rechacen acudir a debates en medios públicos no podrán ser sancionados

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este martes en La Moncloa.-EFE/ Chema Moya

Madrid, 8 jul (EFE).- El Gobierno ha aprobado este martes el proyecto de ley que reforma la legislación electoral para obligar a todos los candidatos a acudir a los debates electorales en medios públicos, pero no establece medidas sancionadoras para quienes no justifiquen su ausencia, según han admitido fuentes del Ejecutivo.

La modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) avalada por el Consejo de Ministros faculta a la Junta Electoral Central (JEC) para evaluar si la ausencia de algún candidato está o no justificada, pero en caso de no estarlo no incluye medidas punitivas contra él más allá de que el medio informe de ello.

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gabinete que ante la incomparecencia del candidato no avalada por la JEC el medio de titularidad pública donde se haya celebrado el debate «deberá hacer mención» a que en ese encuentro no ha acudido el representante de la candidatura correspondiente.

Una medida que, sostienen fuentes del Ejecutivo, dará mayor legitimidad a los que debaten frente a lo que no lo hacen.

La reforma remitida al Congreso, con pequeños cambios sobre el anteproyecto aprobado por el Gobierno en abril, incluye esta obligación de acudir a los debates, sin afectar a los medios de comunicación privados, que no obstante también deberán regirse por los principios generales de la LOREG: el pluralismo político, la neutralidad informativa, la igualdad y la proporcionalidad.

Marlaska ha remarcado que todas estas modificaciones contribuirán al «fortalecimiento» de la democracia y a «robustecer» el sistema, asumiendo recomendaciones de la Comisión Europea, están incluidas en el Plan de Acción por la Democracia que el Ejecutivo aprobó en 2024.

El eje sobre el que pilota la normativa sobre los debates en campaña electoral es la obligatoriedad a que los medios públicas organicen al menos un debate en cada campaña, una novedad que no estaba en la LOREG pero que ya estaba incluida en la legislación autonómica de algunas comunidades como Castilla y León, Murcia o Euskadi.

Además, el proyecto incluye la doctrina de la JEC que reconoce a las formaciones políticas con peso significativo -por haber obtenido al menos el 5 % de los votos- pero que no tienen representación parlamentaria, el derecho a tener representantes en los debates electorales de comicios equivalentes.

La otra pata de la reforma afecta a la difusión de encuestas; en este caso a la difusión abierta de los llamados «microdatos», debidamente anonimizados, a partir de los cuales las empresas demoscópicas hacen sus proyecciones y estimaciones de voto en las campañas electorales.

Su consulta, asevera Marlaska, permitirá a los ciudadanos y a las entidades públicas o privadas «comprobar los resultados del sondeo y extraer sus propias estimaciones», además de servir para garantizar la «fiabilidad» de cada muestreo y contribuir a la «transparencia» y la «objetividad»; en suma, a mejorar la «calidad» de la democracia.