Madrid, 19 sep (EFE).- La Audiencia Nacional se ha visto obligada a dejar en libertad a Firass Taghi, vinculado a la Mocro Maffia y detenido este verano en Tarifa en cumplimiento de una orden de detención, al haber transcurrido los plazos máximos para formalizar su entrega a Holanda.
Se trata del segundo miembro de el crimen organizado neerlandés que queda en libertad por un error judicial en España tras el caso de Karim Bouyakhrichan, liberado por la Audiencia de Málaga el año pasado.
En esta ocasión, en un auto fechado el pasado 12 de septiembre y al que ha tenido acceso EFE, la sección tercera de lo Penal admitió el recurso que presentó el abogado de Tagui contra la resolución del Juzgado Central de Instrucción número 5 por haberse superado los plazos máximos previstos en la ley (20 días) para ser puesto a disposición del estado de emisión de la órden europea de detención y entrega.
Observa la Sala que se habían excedido los plazos previstos en la Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Judiciales de la Unión Europea (LRM), por lo que admitió el recurso, que alegaba también que el juzgado mantuvo su decisión de mantenerle en prisión por medio de una providencia y no a través de un auto, defecto que los magistrados, en este caso, consideraron subsanable.
Acordaron así la inmediata puesta en libertad del reclamado, sobrino del lider de la Mocro Maffia, Ridouan Taghi, según han destacado medios holandeses.
El auto explica que la decisión de entrega alcanzó firmeza el 7 de agosto y que mediante providencia de 12 de agosto de 2025 se acordó comunicar la resolución a la Oficina de Sirene España para que procedieran a materializar la entrega.
Sin embargo, esto no llegó a producirse, «habiendo transcurrido en exceso» el plazo de diez días establecido, «sin que conste motivo alguno que impida dicha materialización».
Por ello se acordó estimación «dejar sin efecto la prisión instrumental que pesaba sobre el reclamado Firass Taghi por esta causa, por disponer así de manera taxativa el citado precepto de la LRM».
Según el artículo 58.5 de la citada ley, transcurridos los plazos máximos para la entrega sin que la persona reclamada haya sido recibida por el Estado de emisión, se procederá a la puesta en libertad o la aplicación de las medidas que procedan con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal si tuviere alguna causa pendiente en España, lo que no es el caso.
Este error judicial, se suma al que se produjo en 2024 con otro miembro de la Mocro Maffia de origen marroquí reclamado por Países Bajos, Karim Bouyakhrichan, investigado en un juzgado de Marbella y al que la Audiencia Provincial de Málaga dejó en libertad bajo fianza de 50.000 euros, lo que le permitió darse a la fuga.
Para oponerse a su puesta en libertad, el fiscal de Málaga alertó del riesgo de fuga por su «alta capacidad económica» y porque tenía pendiente en la Audiencia Nacional una reclamación de Holanda por narcotráfico.
En aquella ocasión, el presidente del Tribunal Superior andaluz (TSJA) consideró que quizás desde la Audiencia Nacional -órgano encargado de tramitar las extradiciones y las órdenes de entrega- «no se arbitraron los resortes necesarios» para mantenerle en prisión mientras se tramitaba su entrega al país que le reclamaba por otra causa.