Peinado: Sin la relación de Gómez con Sánchez no podría haber tráfico de influencias

Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez, en una imagen de archivo en la comisión de la Asamblea de Madrid. EFE/Javier Lizón

Madrid, 2 oct (EFE).- El juez Juan Carlos Peinado sostiene que la relación de Begoña Gómez con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es fundamental para el presunto delito de tráfico de influencias y, como consecuencia de ello, del resto de delitos que se investigan en la causa.

Así lo sostiene en un auto notificado este jueves, al que ha tenido acceso EFE, en el que Peinado acuerda que la causa principal en la que investiga a Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida sea juzgada por un jurado popular, y la ha citado el lunes para comunicárselo.

Como hizo hace una semana en la pieza separada centrada en un presunto delito de malversación, el juez incoa el procedimiento «para el juicio ante el tribunal del jurado» en esta línea principal de investigación que abrió en abril de 2024.

En sus razonamientos para defender que todos los delitos que la esposa del presidente, su asesora, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, tienen conexión y deben por tanto juzgarse conjuntamente, el juez cita como factor fundamental de la causa la relación entre Gómez y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Sostiene que el origen de los hechos delictivos, «que consiste en que las acciones llevadas a cabo por la inicial investigada, Begoña Gómez Fernández, derivada de su relación de parentesco con el actual presidente del Gobierno, es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias, y como consecuencia de ellos, los posible restantes delitos».

Sin ese vínculo con el jefe del Ejecutivo, añade el juez, «difícilmente podría ella y los otros dos investigados poner en práctica las conductas» que le llevan a la «íntima convicción» de que se han producido los delitos que investiga.

Por todo ello concluye que todos ellos «han de ser considerados delitos conexos, y que, en caso de enjuiciamiento por separado, nos llevaría a la ruptura de la continencia de la causa».

En el auto, contra el que cabe recurso, el juez cita a Gómez, Barrabés y Álvarez el próximo lunes a las 17:30 horas y les hace saber que «deberán comparecer necesariamente asistidos de su letrado».

El juez hace esta precisión después de que el pasado sábado ni Begoña Gómez, ni su asesora, ni el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, acudieran a la vista convocada para concretar su imputación por presunta malversación al esgrimir sus defensas una circular de la Fiscalía que avala a que a este tipo de trámites solo vayan los abogados.

La ley del jurado establece que cuando un juez incoa el procedimiento por el tribunal del jurado, debe convocar una vista en la que concretar la imputación a los investigados y en la que las partes argumenten cómo quieren que discurra la causa: si archivar o seguir adelante practicando más diligencias.

En esta pieza principal, Peinado investiga si la mujer del presidente del Gobierno influyó a favor de las empresas de Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, así como su rol en la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid, incluido el patrocinio empresarial de un ‘software’ para la misma. EFE

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