Almería, 22 sep (EFE).- El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Almería ha publicado este lunes la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Carboneras que reclasifica como suelo no urbanizable los sectores en los que se encuentra el paraje de El Algarrobico, en cumplimiento de la sentencia firme dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y confirmada en 2018 por el Tribunal Supremo.
El anuncio, firmado por el alcalde Salvador Hernández (Cs), recuerda que el pleno de la corporación aprobó el pasado 31 de julio la modificación parcial del PGOU denominada ‘Adaptación parcial de la Revisión de las Normas Subsidiarias a la LOUA por cumplimiento de la sentencia judicial 634/2018’.
En el texto se indica que el 15 de septiembre se practicó la inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de Andalucía de dicha modificación, que corresponde a la versión actualizada en marzo de 2025 con corrección de errores tipográficos. El documento ha quedado también depositado en el Registro Municipal de Planeamiento.
El anuncio en el BOP incluye enlaces a la sede electrónica municipal para acceder al certificado del acuerdo plenario, la memoria, los planos diligenciados y la propia diligencia de anotación registral.
Con esta publicación se cumple formalmente uno de los trámites reclamados por el TSJA para dar por ejecutada la sentencia de 2016, que anuló la clasificación urbanística de los sectores ST-1 (El Algarrobico) y ST-2 (El Canillar) como suelos urbanizables, ordenando su inclusión en el planeamiento municipal como suelos no urbanizables de especial protección.
La reclasificación urbanística afecta al paraje de la playa de El Algarrobico, donde se levanta el hotel de Azata del Sol, y al sector colindante de El Canillar. El primero ha quedado categorizado como suelo no urbanizable de protección C1, mientras que el segundo se ha calificado con grados B1 y B2.
La publicación en el BOP llega después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada advirtiera al alcalde de Carboneras de la posibilidad de imponerle multas coercitivas reiteradas e incluso dar traslado a la Fiscalía si persistía el incumplimiento de la sentencia. El tribunal había constatado que, pese a los requerimientos de marzo y mayo de 2025, no se había efectuado en plazo el depósito y publicación de la normativa corregida.
El Ayuntamiento ha defendido que con la aprobación plenaria, la inscripción registral y la publicación oficial se da cumplimiento a lo ordenado por los tribunales, si bien ha insistido en la necesidad de que Gobierno, Junta y Consistorio busquen una solución consensuada que ponga fin al conflicto sobre el hotel tras dos décadas de litigios.
La pieza de ejecución abierta en 2021 en el TSJA deberá determinar ahora si estos pasos son suficientes para dar por cerrada la ejecución de la sentencia.