Suspenden la condena de una de las repatriadas de Siria, que no entrará en prisión

Imagen de archivo (28/04/2025).- Las dos españolas casadas con yihadistas y repatriadas desde Siria en enero de 2023, Yolanda Martinez Cobos (d) y Luna Fernández Grande (i) durante el juicio en su contra en la Audiencia Nacional en Madrid. EFE/ Mariscal / POOL

Madrid, 19 sep (EFE).- La Audiencia Nacional ha acordado la suspensión de la condena para Luna Fernández, una de las dos españolas casadas con yihadistas y que fueron repatriadas con sus hijos en enero de 2023, por lo que no tendrá que ingresar en la cárcel para terminar de cumplir la pena de tres años impuesta por integración en la organización terrorista Dáesh.

En un auto al que ha tenido acceso EFE este viernes, el servicio de ejecutorias de la Sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acuerda que Fernández no ingrese en prisión el 30 de septiembre, fecha que se estableció a finales de agosto después de que tanto su defensa como la de la otra condenada, Yolanda Martínez – pendiente de resolución-, pidieran en julio retrasar la condena y suspender su ejecución.

Una posibilidad para condenas que no superan los dos años de cárcel, aunque «excepcionalmente», como el propio auto recuerda, se puede extender a penas más elevadas cuando concurran circunstancias personales del reo -es viuda y madre de seis hijos-, la naturaleza del hecho, su conducta y el esfuerzo para reparar el daño causado.

En este caso, señala la Audiencia Nacional, la penada carece de antecedentes penales y no consta que haya vuelto a delinquir ni que haya tenido contacto con organizaciones yihadistas, en tanto que considera que no existe peligro de que vuelva a cometer hechos delictivos por no ingresar en prisión.

No obstante, la Audiencia condiciona su resolución a que la mujer no delinca en el plazo de cinco años y a que realice 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. «En caso de incumplir tales condiciones se revocará la suspensión y deberá cumplir la pena de prisión pendiente de cumplimiento».

Tanto Luna Fernández como Yolanda Martínez fueron condenadas a finales de abril por la Audiencia Nacional por haberse desplazado «voluntariamente» con sus maridos para incorporarse al extinto Estado Islámico.

A cambio de que admitieran los hechos, la Fiscalía y la acusación popular, ejercida por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), les aplicaron la atenuante de confesión tardía y rebajaron a esos tres años de cárcel sus peticiones iniciales de prisión (seis años en el caso del Ministerio Público y 8 años en el de la AVT).

Además de la citada pena de prisión, las dos acusadas aceptaron ser condenadas a cinco años de libertad vigilada y a someterse a un programa de desradicalización terrorista, así como a una pena de inhabilitacion absoluta y otra inhabilitación especial para ejercer profesión u oficio educativo durante siete años.

Tras ser repatriadas desde Siria, las dos estuvieron en prisión provisional desde el 10 de enero de 2023 hasta el pasado 23 de septiembre, cuando se rechazó prorrogarles dos años más la prisión preventiva, con lo que al cumplimiento de la pena de cárcel habría que descontarlo de esos meses.