Un abogado cuestiona a una juez por poner un juicio el 21 de agosto, considerado inhábil

Imagen de archivo de un juzgado de Ciudad Real. EFE/Mariano Cieza Moreno

Madrid, 2 ago (EFE).- Un abogado ha cuestionado la decisión de una jueza de Ciudad Real de mantener un juicio para el 21 de agosto, considerado un mes inhábil en los tribunales salvo para casos urgentes, pese a haber alegado que esa fecha coincide con su periodo vacacional y con un viaje familiar.

La jueza titular del Juzgado de lo Penal nº2 de Ciudad Real ha rechazado las alegaciones planteadas por este abogado, Juan Gonzalo Ospina, con el argumento de que el periodo de vacaciones no es motivo suficiente para aplazarlo, según han informado a EFE fuentes de su despacho.

Para la magistrada tampoco han sido suficientes las pruebas que el abogado habría aportado de un viaje familiar que tiene contratado para esas fechas desde hace tiempo y que no podrá realizar como consecuencia de esta cita judicial.

Ospina, quien ejerce de abogado de la defensa en esta causa, solicitó además con antelación que el procedimiento se trasladara a otro mes, pero la magistrada rechazó la petición.

El letrado apeló a la conciliación familiar y al derecho al descanso durante el mes de agosto, especialmente cuando no hay razones procesales de peso para mantener el juicio en esa fecha.

Apeló en este sentido al artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que todos los días del mes de agosto, entre otros, son inhábiles para actuaciones judiciales, salvo en procesos urgentes como juicios rápidos.

A este respecto desde el despacho de abogados apuntan que en el caso de Ospina, el proceso no involucra prisión ni riesgo evidente de dilación, por lo que no encajaría en las excepciones típicas.

Además, la juez tampoco alegó motivos de urgencia ni la presencia de un acusado detenido que justificase una celebración fuera del periodo ordinario.

Denuncia por todo ello una falta de empatía hacia los abogados y profesionales que también hacen uso de su periodo vacacional, y que él ahora se verá obligado a suspender por la «arbitraria» decisión de la juez de no suspender el señalamiento de este juicio.

Por eso entiende que este caso plantea preguntas relevantes sobre el equilibrio entre eficiencia judicial y derechos laborales o familiares de abogados y partes implicadas, ya que, aunque la ley permite actuar en agosto sin urgencia, la práctica habitual evita fechas inhábiles cuando no hay impacto directo en la defensa o derechos fundamentales de las partes.

«Aunque cada juzgado puede determinar su propio calendario, esta decisión marca un precedente cuestionable en términos de conciliación laboral y respeto a los periodos de descanso establecidos en la profesión, ahondando en las grietas entre la abogacía y la judicatura», observa Ospina, quien tiene intención de denunciar esta situación ante el Colegio de Abogados de Madrid.