Madrid, 7 jul (EFE).- Un juzgado ha ordenado cerrar diez pisos turísticos en un bloque del centro de Madrid para proteger los derechos de una familia con dos niños, que soportaban el ruido, los destrozos y la insalubridad derivados del trasiego de inquilinos.
Según ha adelantado el diario El País y ha confirmado EFE, el Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha dictado una sentencia que decreta el cierre de diez pisos de un inmueble de la céntrica calle Toledo en el que el 75 % de las viviendas (hay 60 apartamentos) se destinan al alquiler turístico.
Ordena además «la abstención de desarrollar dicha actividad en el futuro» en esos diez pisos, que son los que están en la escalera en la que vive la familia denunciante, y que las empresas que los gestionan paguen 37.000 euros por los daños que les han causado, según el fallo al que ha tenido acceso EFE.
La novedad es que la sentencia no cierra los pisos porque incumplan la normativa referida a este tipo de viviendas, una cuestión en la que no entra, sino que da la razón a la familia que demandó a cuatro empresas por los problemas que causan los pisos que alquilan a su alrededor, según destaca el letrado de la familia, Miguel Ángel Rubio Sánchez, de Sofima 10 Abogados
La jueza declara vulnerado el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar de los demandantes «por inmisión de ruidos y realización de actividades ilícitas e insalubres».
La familia relataba que su piso «se encuentra literalmente rodeado de viviendas para alquiler turístico, cuya explotación es ilegal por resolución administrativa» y cuyos responsables han sido multados, pero siguen desarrollando esa actividad. Detallaba que las empresas denunciadas están vinculadas al administrador y al presidente de la comunidad de vecinos.
Los denunciantes referían destrozos en las zonas comunes y «molestias constantes» por las que sufren problemas de salud como falta de sueño, ansiedad y depresión. Esto afectaba a la pareja y a sus dos hijos pequeños, según reconoce ahora la magistrada.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE y que es recurrible, la jueza cita jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para apuntalar que el derecho de propiedad tiene límites.
Da por probadas todo tipo de «posibles actividades dañosas para la finca en sí y sus moradores, no resultando solo meramente molestas, sino incluso insalubres, e indecentes y hasta ilegales, al no constar regularizada la actividad, en vía administrativa».
«Así las molestias sufridas exceden del uso normal de los elementos comunes, llegando a afectar a la vida privada y familiar desarrollada en el interior del domicilio de los actores», en referencia a los denunciantes, añade la sentencia.
También considera probado, con las pruebas recabadas, que hay «huéspedes utilizando los espacios comunes para mantener relaciones sexuales incluso, y múltiples intervenciones policiales que, además de perturbar la pacífica convivencia, han impedido a los vecinos su necesario descanso, afectando a su derecho a la integridad física y moral».
Y precisa, en contra de lo alegado por las empresas que alquilan los pisos, que el hecho de que la familia comprara su vivienda sabiendo que había pisos turísticos en el inmueble «no implica que necesariamente estén obligados a soportar unas molestias» como las relatadas durante años.
Para el letrado de los demandantes esta sentencia es relevante porque defiende «los derechos fundamentales de una familia a la paz y a la intimidad en su domicilio», y resuelve sobre una cuestión sobre la que no había jurisprudencia.
El abogado pone de relieve que detrás de la situación que viven ésta y otras familias «hay un mobbing inmobiliario», ya que a sus representados les han ofrecido una cantidad «ridícula» por el piso «para que se vayan».
La sentencia sigue el criterio de la Fiscalía, mientras no acepta los argumentos de las entidades demandadas, que sostuvieron que las molestias que pueden provocar sus usuarios son similares a las que podrían causar otros inquilinos en cualquier bloque, y que los denunciantes no sufren serios problemas de salud.