Madrid, 8 oct (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso presentado por una de las empresas sancionadas por Consumo por bajar los precios de forma engañosa durante la campaña de ‘Black Friday’, conocido como Viernes Negro, a finales de noviembre.
Consumo sancionó a siete empresas por subir el precio antes del ‘Black Friday’ para bajarlo durante los días de la campaña; tres de ellas admitieron haber realizado estas prácticas engañosas y las otras cuatro presentaron recurso.
Según explica Consumo, el tribunal madrileño rechaza la solicitud de una de las empresas sancionadas de que se suspendiera la sanción mientras se resolvía sobre el fondo del recurso, por lo que prohíbe a la compañía repetir estas prácticas y le pide que deposite un aval de 110.000 euros por la multa económica.
El ministerio de Pablo Bustinduy recuerda que la práctica de subir el precio de productos antes de las ofertas para luego bajarlos a su precio original y ofertarlos como si fuera un descuento supone un incumplimiento del artículo 20 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista que estipula que, a la hora de mostrar el descuento de un producto, se debe indicar como precio de referencia el menor precio que haya tenido ese producto en los 30 días anteriores al descuento.
Estas sanciones corresponden a falsas rebajas llevadas a cabo en el año 2023 por compañías que comercializan de forma ‘online’ sus productos y que pueden adquirirse en tiendas y en grandes superficies, como electrodomésticos, electrónica, deportes o cosmética.
Para monitorizar los precios de estos productos, la Dirección General de Consumo usó ‘Price Reduction Tool’, una herramienta desarrollada por la Comisión Europea que permite controlar en tiempo real si las ofertas realizadas en épocas de elevado consumo cumplen con la normativa sobre indicación de precios.